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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 29 de abril de 2026.- La LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal de San Luis Potosí para establecer la presunción de legítima defensa cuando una mujer actúe para proteger su vida o integridad ante una agresión derivada de violencia de género.
Con esta modificación, se presume que existe legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando una mujer cause daño a su agresor y exista antecedente de violencia de género, o cuando se encuentre en peligro inminente de ser víctima de violencia física, sexual o feminicida.
La reforma incorpora esta figura como excluyente de responsabilidad penal, con el objetivo de evitar que mujeres víctimas de agresión sean procesadas penalmente por defenderse.
Además, se establece que en estos casos la legítima defensa deberá analizarse con perspectiva de género, considerando el contexto y el contínuum de violencia que enfrentaba la víctima hasta el momento de los hechos, así como el riesgo real, permanente o continuado para su vida e integridad física y psicológica.
También se considerará legítima defensa cuando quien repele la agresión sea una persona que actúa en auxilio de una mujer que es objeto de violencia física, sexual o feminicida.
Esto aplicará cuando la agresión sea percibida directamente y la intervención de esa tercera persona tenga como finalidad detener o repeler el ataque.
La reforma también precisa que no se considerará exceso en la legítima defensa cuando la mujer haya sido víctima de violencia física, sexual o feminicida, o se encontrara en peligro de serlo, y al momento de responder a la agresión haya actuado bajo miedo, terror o en un estado de confusión que afectara su capacidad para determinar el límite adecuado de su reacción.
Legisladores señalaron que existen múltiples antecedentes en los que mujeres han sido procesadas por homicidio o lesiones contra sus agresores, aun cuando actuaron en defensa propia.
Indicaron que esto ha ocurrido por la falta de aplicación de perspectiva de género en las actuaciones de las autoridades de procuración e impartición de justicia, lo que ha derivado en revictimización y criminalización.
Con esta reforma, se busca reconocer jurídicamente el contexto de violencia que enfrentan muchas mujeres y evitar que sean sancionadas por actuar para proteger su vida.
Durante la misma sesión también se aprobó un Punto de Acuerdo para exhortar a los ayuntamientos a instalar su Sistema Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIMPINNA), designar a la persona titular de su Secretaría Ejecutiva y dotarlo de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para su funcionamiento.
Asimismo, se turnaron a comisiones diversas iniciativas, correspondencia y puntos de acuerdo presentados por integrantes de la LXIV Legislatura.
La próxima Sesión Ordinaria fue citada para el lunes 4 de mayo de 2026 a las 10:00 horas en el Salón Ponciano Arriaga Leija.




