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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 13 de abril de 2026.- La Comisión Primera de Justicia aprobó el dictamen que reforma el artículo 28 del Código Penal del Estado, en materia de legítima defensa con perspectiva de género.
La presidenta de la comisión, María Leticia Vázquez Hernández, informó que la iniciativa incorpora nuevos supuestos cuando la persona que repele la agresión es mujer y existen antecedentes de violencia de género.
También se contempla el caso de terceras personas que actúan en auxilio de una mujer, ante agresiones con características de violencia física, sexual o feminicida.
El dictamen establece que no se considerará exceso en la legítima defensa cuando la mujer haya sido víctima o se encuentre en riesgo de violencia y actúe bajo miedo, terror o confusión.
Asimismo, se incorpora la presunción de legítima defensa cuando existan antecedentes de agresión, salvo prueba en contrario.
“Se presumirá que existe legítima defensa cuando la persona que repele la agresión es una mujer con antecedentes de violencia de género”, señala el dictamen.
Se precisa que estos casos deberán analizarse con perspectiva de género, considerando el contexto y el riesgo real para la integridad física y psicológica.
El documento fue elaborado con base en opiniones de la Fiscalía General del Estado y será turnado al Pleno para su análisis y votación.





