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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 9 de agosto de 2026.- Hasta 10 años de prisión podrían alcanzar las personas responsables de lesiones que provoquen daños permanentes, deformaciones o pérdida definitiva de alguna función o miembro, de aprobarse una reforma al Código Penal de San Luis Potosí.
La iniciativa, presentada por el diputado César Arturo Lara Rocha, plantea modificar los artículos 136 y 137 para actualizar las sanciones y establecer penas diferenciadas de acuerdo con la gravedad y las consecuencias de las lesiones.
El proyecto contempla que las lesiones que no pongan en riesgo la vida, pero dejen una cicatriz notable y permanente en la cara, cabeza, cuello o pabellones auriculares, sean sancionadas con dos a cinco años de prisión y de 150 a 500 días del valor de la UMA.
Cuando las lesiones provoquen debilitamiento, disminución o perturbación de las funciones de órganos o miembros, así como de las facultades volitivas, la pena propuesta sería de tres a siete años de prisión y de 200 a 800 días del valor de la UMA.
La sanción más elevada correspondería a lesiones que ocasionen enajenación mental, pérdida definitiva de un miembro o función orgánica, deformidad incorregible o incapacidad permanente para trabajar, con una pena de cuatro a 10 años de prisión y de 300 a mil días del valor de la UMA.
La propuesta también busca incorporar de manera expresa las lesiones en zonas visibles como cabeza y cuello, además de precisar las consecuencias jurídicas de los daños permanentes.
De acuerdo con el planteamiento, la modificación pretende reducir los márgenes de interpretación mediante una descripción más precisa de las conductas y sus consecuencias, bajo los principios de legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica.
La iniciativa fue turnada a la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado para su análisis y dictamen.




