Protegerán empleo de mujeres que denuncien acoso sexual
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 4 de octubre de 2026.- Servidores públicos que difundan sin autorización fotografías, videos, audios o documentos relacionados con cadáveres, lesiones o escenas de un crimen podrían enfrentar de tres a ocho años de prisión en San Luis Potosí, de aprobarse una reforma al Código Penal del Estado.
La Comisión Primera de Justicia del Congreso aprobó el dictamen que adiciona el artículo 342 BIS, con el objetivo de sancionar la difusión indebida de material relacionado con víctimas y escenas del crimen por parte de funcionarios públicos.
La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la comisión, explicó que la reforma contempla castigar conductas como fotografiar, filmar, compartir, publicar, transmitir, distribuir o entregar este tipo de materiales cuando se vulnere la dignidad, privacidad o intimidad de la víctima o de sus familiares.
La propuesta establece una pena de tres a ocho años de prisión, además de una sanción económica de entre 300 y mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Las sanciones podrían aumentar hasta en una mitad cuando la víctima sea mujer, niña, niño o adolescente, o cuando el material sea difundido mediante medios de comunicación, redes sociales o plataformas digitales con fines de exposición pública o lucro.
La iniciativa toma como referencia el caso de Ingrid Escamilla, cuyo feminicidio ocurrió en 2020 en la Ciudad de México y cuyas imágenes fueron filtradas y posteriormente difundidas.
El dictamen plantea incorporar esta conducta dentro de los delitos cometidos por servidores públicos y busca establecer responsabilidades específicas para quienes, aprovechando sus funciones, tengan acceso a este tipo de material.
La reforma todavía deberá ser discutida y votada por el Pleno del Congreso del Estado.





