Invita Gobierno Estatal a celebrar las Fiestas Patrias en los 59 municipios
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 23 de julio de 2026.-Aunque la mayoría de las instituciones de salud permiten el ingreso de sacerdotes cuando son solicitados por los pacientes o sus familias, el Arzobispado de San Luis Potosí señaló que en el Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez persisten obstáculos administrativos que dificultan la atención espiritual de las personas hospitalizadas.
El vocero de la Arquidiócesis, Tomás Cruz Perales, explicó que, si bien no existe una negativa absoluta para permitir el acceso de los ministros religiosos, el procedimiento que se sigue en dicho nosocomio resulta más complejo que en otros hospitales, ya que se solicita a los familiares cumplir diversos requisitos y, además, los sacerdotes deben entrevistarse previamente con personal de Trabajo Social antes de recibir una autorización.
Indicó que esta situación contrasta con lo que ocurre en otras instituciones médicas, como la clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el municipio de Cuauhtémoc, donde, dijo, históricamente se han brindado facilidades para que los sacerdotes puedan acudir hasta las habitaciones de los pacientes cuando son requeridos por los propios familiares.
Cruz Perales explicó que las visitas pastorales tienen como propósito acompañar espiritualmente a las personas que enfrentan problemas de salud, además de administrar sacramentos como la unción de los enfermos, conocida también como la imposición de los santos óleos, cuando así lo solicitan los pacientes o sus seres queridos.
El vocero del Arzobispado aclaró que la Iglesia no pretende que se otorgue un trato preferencial a los sacerdotes ni que se incumplan los protocolos internos de los hospitales, especialmente aquellos relacionados con la seguridad y el funcionamiento de las áreas médicas.
Sin embargo, consideró que las autoridades del Hospital General de Soledad podrían actuar con mayor sensibilidad ante las circunstancias que viven los pacientes y sus familias, facilitando el acceso a la asistencia religiosa cuando esta sea requerida como parte del acompañamiento durante una enfermedad o en momentos de gravedad.
Reproducción autorizada citando la fuente: Quadratín SLP
Síguenos en: Facebook | WhatsApp | X | Instagram | YouTube





