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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 19 de septiembre de 2026. En días pasados se dio a conocer el fallecimiento de dos personas dentro del penal de La Pila, en San Luis Potosí, durante una visita conyugal. El hecho ha generado dudas sobre qué tan seguido ocurren este tipo de incidentes dentro de los centros penitenciarios y qué tan controladas están realmente este tipo de visitas.
El contacto con el mundo exterior es un derecho fundamental de las personas privadas de libertad, reconocido tanto por los marcos normativos nacionales como por los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.
Este derecho incluye la posibilidad de recibir visitas de familiares, amistades, representantes legales y vínculos afectivos, así como de acceder a visitas conyugales. Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Personas Reclusas —conocidas como Reglas Mandela—, adoptadas por la Asamblea General de la ONU, establecen estándares esenciales para los sistemas penitenciarios y subrayan en su Regla 58 la importancia de garantizar la comunicación con el exterior como parte del respeto a la dignidad humana.
A nivel federal, la Ley Nacional de Ejecución Penal establece en su Capítulo VI los lineamientos para el ingreso, las visitas, las revisiones personales y las entrevistas dentro de los centros penitenciarios. Dentro de este marco, la autoridad penitenciaria debe asegurar espacios apropiados para la visita íntima, la cual debe ser privada, consentida, ininterrumpida e informada, además de reunir las condiciones de aseo e higiene necesarias. La misma ley señala que debe existir un registro de las personas autorizadas a realizar este tipo de visitas, y que en ningún caso se permite el acompañamiento de niñas, niños o adolescentes durante estos encuentros.
En términos prácticos, la persona interna debe solicitar por escrito el permiso ante las autoridades del centro, especificando los datos de quien realizará la visita, y esta última debe presentar una identificación oficial vigente para poder ingresar.
Lamentablemente, este tipo de sucesos se han repetido en distintos puntos del país.
Uno de los casos más recientes ocurrió en Sonora, donde Paula Josette ingresó a un Cereso en enero de 2024 para una visita conyugal solicitada por el interno y ya no salió con vida; la causa oficial de muerte fue un infarto, aunque su madre denunció que la joven no debió haber ingresado porque no portaba una identificación oficial, requisito mínimo y obligatorio para entrar a un centro penitenciario. Por el caso, dos funcionarios del Cereso fueron vinculados a proceso por su presunta responsabilidad en el delito de incumplimiento de un deber legal.
Otro caso más reciente se registró en Ciudad Juárez, Chihuahua, donde una mujer perdió la vida presuntamente a manos de su pareja sentimental, un recluso con quien sostenía una visita conyugal en el módulo de bajo riesgo del penal. De acuerdo con las autoridades, el interno confesó haber estrangulado a la víctima luego de que ella manifestara su intención de separarse, por lo que enfrentará un nuevo proceso por feminicidio.
Estos casos evidencian que, más allá de la normativa existente, persisten fallas en los protocolos de seguridad, verificación de identidad y supervisión dentro de los módulos destinados a las visitas íntimas en los centros penitenciarios del país.
Reproducción autorizada citando la fuente: Quadratín SLP
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