Dejan 4 cadáveres en Culiacán, Sinaloa, 2 están decapitados
SAN LUIS POTOSÍ, SLP, 11 de julio de 2019.- La Comisión de Comunicaciones y Transportes del Congreso del Estado, aprobó recientemente atender las observaciones de veto presentadas por el Poder Ejecutivo, para dejar sin efecto el decreto que fue aprobado por la anterior Legislatura que regula los llamados viajes compartidos, conocidos como “rides”.
El decreto aprobado por la Legislatura pasada reformó la Ley de Transporte Público del Estado para regular resta modalidad de servicio de transporte utilizado principalmente en las zonas Media y Huasteca, con el fin de ahorrar costos en los traslados, sobre todo a la capital potosina, pero sin tomar en cuenta que esto permitiría abrir la puerta al pirataje.
La notificación del Gobierno del Estado señala que “la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, es de orden público e interés social y tiene como objeto, regular la prestación del servicio de transporte público y los servicios auxiliares del mismo en el estado, y establece las bases para la protección y la seguridad de la población en la materia”.
También se aclara que la adición de la fracción XIII, del artículo tercero de la Ley de Transporte Público, se contrapone a la regulación de la prestación del servicio de transporte de pasajeros en esta entidad federativa, pues este sistema opera bajo previa autorización del Ejecutivo del Estado, en las modalidades establecidas en los artículos 21 y 71 Bis a la 71 Octies de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí.
Además se aclara que “los artículos 71 Bis a 71 octies de la Ley de Transporte Público para el Estado, ya garantiza el derecho para que los particulares presten el servicio de transporte de pasajeros a través de las empresas de redes de transporte, previo registro ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes”.
Finalmente, el Ejecutivo también destaca que en el sistema de transporte de pasajeros aplica el cobro de tarifas como contraprestación por la prestación de un servicio. “Por lo tanto, resulta contradictorio que en la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, se establezca que los particulares puedan prestar servicio de transporte y desplazarse libremente en vehículos compartidos adentro del territorio potosino, con el objeto de reducir gastos sin fines de lucro”.
“Sin embargo, la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, no se regula al servicio de transporte sin fines de lucro, por lo que la reforma que se propone, como se estableció, previamente, contraviene el orden público, pues versa sobre temas que no son materia de los servicios de transporte de pasajeros, ya sean concesionados, permisionados o autorizados; en tal virtud, no se considera viable esta reforma a la Ley, toda vez que no establece el mecanismo idóneo para que el Estado garantice el derecho previsto, ya que es materia de libertad de tránsito”.