Mantienen vigilancia en parajes de la Huasteca por lluvias
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 31 de diciembre del 2025.- El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó una reforma al Código Penal del Estado para establecer el delito de obstaculización de una medida de protección u orden de protección, en favor de víctimas de violencia.
El decreto adiciona el Capítulo XII al Título Segundo y el artículo 170 BIS, estableciendo sanciones de seis meses a dos años de prisión, además de una sanción económica de entre 60 y 200 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización.
Las medidas y órdenes de protección contempladas corresponden a las previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la legislación estatal y el Código Nacional de Procedimientos Penales.
La reforma también establece que las órdenes de protección deberán notificarse y ejecutarse dentro de las 12 horas posteriores a su emisión, y que su incumplimiento deberá ser investigado por el Ministerio Público.
Asimismo, se adiciona la violencia cibernética en su modalidad de ciberacoso y se faculta a autoridades jurisdiccionales y a la policía cibernética para intervenir cuando existan medidas de protección vigentes.
Reproducción autorizada citando la fuente: Quadratín SLP
Síguenos en: Facebook | WhatsApp | X | Instagram | YouTube





