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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 19 de abril del 2023.-Desde el año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó que madres beneficiaras de pensión alimentaria tuvieran la obligación de rendir cuentas sobre el destino de estos recursos; pede a ello, el diputado de Morena en San Luis Potosí, Cuauhtli Badillo Moreno, presentó una iniciativa en ese sentido y ha desatado inconformidades de diversos colectivos.
En octubre del 2022 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia, en la que determinó que por regla general:
«No es una obligación para el progenitor que ejerce la guarda y custodia rendir cuentas al deudor alimentario sobre la administración de la pensión alimenticia que recibe en favor de una persona menor de edad».
Quedando así asentado en el informe de Contradicción de Criterios 170/2022 -cuya Ponente fue la Ministra Norma Lucía Piña Hernández- y resuelto por unanimidad de votos.
Lo anterior se resolvió debido a que, atribuirle dicha obligación trae consigo una carga desproporcionada y no razonable para el o la progenitora, señalando también que «conlleva adicionar una tarea más a las comprendidas en las labores de cuidado que tiene a su cargo, además, porque los alimentos conforme a su naturaleza implican satisfacer necesidades materiales e inmateriales diversas, muchas de ellas de difícil manejo en términos contables, y porque debe tenerse en cuenta también que los deberes parentales se ejercen bajo los principios de responsabilidad, debida diligencia y buena fe».
Asimismo, quedó señalado que, de presentarse elementos reales y objetivos sobre un manejo indebido o negligente en la administración de la pensión alimentaria, podría ser planteado de manera excepcional por el deudor ante el órgano Jurisdiccional competente, verifique dichas pruebas y en su caso, adopte las medidas necesarias a fin de corregir dicha situación, pero se enfatiza que esto siempre sería como principio rector al interés superior del infante.