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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó que el Instituto Nacional Electoral (INE) obligue a los partidos políticos nacionales a postular para Diputados Federales a solo dos personas de la comunidad de Lesbianas, Gais, Bisexuales y Transgénero (LGBT) por la vía de Mayoría Relativa en uno de los 300 Distritos, así como uno de Representación Proporcional (o plurinominal)
Lo anterior como parte de las acciones afirmativas impulsadas por el Tribunal para garantizar la inclusión de todos los sectores en el proceso electoral 2021; también se aplicarán cuotas para personas indígenas, personas con discapacidad y personas afroamericanas.
Eso quedó afianzado en la sentencia Sup-Rap-121/2020, donde la Sala Superior modificó los criterios aplicables para el registro de candidaturas al poder legislativo Federal.
En el caso de personas afro mexicanas se solicitará inscripción de tres candidaturas de mayoría relativa y una de representación proporcional; será la primera vez que se obligue a estas postulación en respaldo a grupos vulnerables, aunque han sido cuestionadas porque se trata de espacios reducidos y quedará al libre albedrío de los organismos políticos en cuál designarlos.
Con ese escenario, se contempla la inclusión de 21 personas indígenas de mayoría relativa y nueve de representación proporcional; seis personas con discapacidad por la vía de la mayoría relativa y dos por representación proporcional.
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