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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 21 de marzo de 2019.- El diputado Martín Juárez Córdova propondrá reformar el artículo 77 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí a fin de establecer que en las ausencias temporales que no excedan de 30 días, el Secretario General de Gobierno se hará cargo del Despacho del Titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Tiempo en el que éste se encontrará impedido para remover o nombrar Secretarios de Estado, debiendo rendir un informe por escrito al Congreso del Estado de las actividades más importantes llevadas a cabo durante el lapso en el que se haga cargo del Despacho.
Con esta reforma se establecería que para cubrir las faltas temporales del Gobernador del Estado, mayores a 30 días, el Congreso o, en su caso, la Diputación Permanente nombrará de inmediato, en un plazo que no exceda de cinco días naturales, al Gobernador provisional.
En los casos de la falta absoluta del Gobernador Constitucional del Estado, el Congreso del Estado nombrará un Gobernador provisional, interino o substituto, según el caso, en un plazo que no exceda de cinco días naturales; en las ausencias temporales que no excedan de 30 días, el Secretario General de Gobierno se hará cargo del Despacho del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, tiempo en el que éste se encontrará impedido para remover o nombrar Secretarios de Estado, debiendo rendir un informe por escrito al Congreso del Estado de las actividades más importantes llevadas a cabo durante el tiempo en el que se haga cargo del Despacho.
El Gobernador Constitucional del Estado podrá ausentarse de la entidad hasta por siete días, comunicando al Congreso del Estado o a la Diputación Permanente, según sea el caso, el motivo de su ausencia. En ausencias que sobrepasen los siete días, requerirá el permiso del Congreso del Estado o de la Diputación Permanente, el cual deberá ser aprobado por mayoría simple.