Gallardo presentará este lunes su Quinto Informe de Gobierno
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 19 de septiembre de 2026.- El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal para ampliar la protección contra el abigeato e incrementar las sanciones por este delito, además de incorporar a los criaderos avícolas dentro del concepto de ganado.
La modificación establece que la pena mínima de prisión por abigeato pasará de dos a cuatro años, mientras que la sanción económica mínima aumentará de 200 a 400 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, explicó que la reforma busca ampliar la cobertura de protección para las actividades productivas relacionadas con la crianza y explotación de distintas especies.

Con los cambios, el concepto contempla también actividades apícolas, acuícolas y avícolas, además de la producción de ganado mayor y especies como porcinos, ovinos y caprinos.
La legisladora señaló que el abigeato representa un delito que afecta el patrimonio de productores rurales y puede generar repercusiones económicas en comunidades dedicadas a las actividades pecuarias.
La reforma también establece sanciones adicionales cuando participe un servidor público con atribuciones en materia ganadera. En esos casos, además de las penas previstas, podrá ser destituido e inhabilitado para ocupar empleos, cargos o comisiones en el servicio público por un periodo de dos a seis años.
El decreto modifica diversos artículos del Código Penal del Estado y adiciona el artículo 241 Bis, con lo que se amplía el marco legal aplicable a este tipo de delitos.
