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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 8 de agosto del 2018.- Ignoran diputados locales contenido de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, en particular el uso de drones para realizar tareas de investigación o de inteligencia, sin embargo, aun así votarían a favor de su aprobación.
La iniciativa será sometida a la consideración del pleno del Congreso del Estado en sesión extraordinaria este viernes. El Subsecretario de Enlace Interinstitucional de Gobierno del Estado, Juan Ramón Nieto Navarro, confió el nuevo ordenamiento sea aprobado por unanimidad.
En el tema de los drones, el dictamen de ley no precisa el uso de ese tipo de aparatos y solo hace referencia a dispositivos tecnológicos especiales para trabajos de videovigilancia.
Cuestionados al respecto los congresistas Jesús Cardona Mireles; Gerardo Serrano Gaviño; Jorge Miranda Torres; José Belmarez y Martha Orta Rodríguez dijeron no tener conocimiento del tema y pidieron tiempo para analizarlo.
En contraste los legisladores Héctor Mendizábal Pérez, Óscar Vera Fábregat y Eduardo Guillén Martell, afirmaron que el proyecto de ley sí contempla el uso de nuevas tecnologías para fines de vigilancia.
Vera Fábregat, del Partido Conciencia Popular, dijo que en la nueva ley no se especifica el uso de drones y que es un tema que habrá de analizarse antes de votarse.
La iniciativa de Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado refiere en su artículo 150: «Se entiende por videovigilancia pública, las actividades orientadas a la capacitación, transmisión, almacenamiento de imágenes y/o sonidos, obtenidos en espacios públicos o privados con acceso a las personas; mediante el uso de videocámaras o dispositivos tecnológicos especiales; realizadas por instituciones de seguridad pública, prestadores de servicios de seguridad privada o por personas físicas o morales privadas que, en su caso, cuenten con un convenio de colaboración».
También señala que «tienen como fin contribuir a la prevención y persecución eficaz de los delitos; la procuración de justicia; documentar faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública así como el seguimiento a personas liberadas bajo algún beneficio preliberacional o sanción no privativa de la libertad».