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Elecciones en Estados Unidos: ¿Cómo funciona el sistema electoral?
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 03 de mayo de 2024.- Cuatro candidaturas han sido sustituidas entre las 14 personas que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) identificó como inelegibles según lo estipulado en la Ley 3 de 3. Esta ley prohíbe a los agresores sexuales, deudores alimentarios o culpables de violencia ocupar cargos de representación popular o ser funcionarios públicos.
La consejera electoral Zelandia Bórquez Estrada especificó que de las 14 personas registradas en el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, siete fueron remitidas a los organismos electorales municipales. Tres presentaron constancias de no antecedentes, lo que llevó a determinar que se trataba de homonimias, es decir, personas con los mismos nombres y apellidos que quienes tienen antecedentes, pero sin relación alguna con ellos.
De las otras siete personas, el Ceepac solicitó expedientes para verificar su identidad, pero solo recibió uno, que también resultó ser una homonimia.
Durante la revisión realizada por la comisión encargada de este registro, se informó que tres candidatos fueron sustituidos por los partidos políticos, y uno ya había sido sustituido previamente, lo que explicaría su ausencia en la lista.
Aunque la institución no puede proporcionar detalles sobre el tipo de candidaturas afectadas o el territorio al que pertenecen, la consejera previamente mencionó que una de las conductas más comunes entre las personas inelegibles fue la sentencia firme por lesiones.