Intentan linchar a anciano en SLP acusado de plagiar a menor
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 12 de diciembre de 2019. – La Comisión de Justicia del Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó las reformas al Código Penal para sancionar el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas hasta con seis años de prisión y establecer inhabilitación cuando quien cometa esta falta sea un servidor público, informó la diputada Paola Arreola Nieto, una de las impulsoras de la iniciativa, la cual es llamada Ley Olimpia.
En caso de que el Pleno Legislativo apruebe el dictamen, la sanción sería a todo aquel que cometa el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas, quien transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, por medios impresos, redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea o cualquier otro medio o espacio digital, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión, el cual será sancionado con una pena máxima de seis años de prisión.
“Lo que hoy se conoce como Ley Olimpia, ha sido aprobada ya en trece estados de la Republica para sancionar y endurecer las penas por la difusión ilícita de imágenes como contenido sexual sin el consentimiento de la víctima. Lo anterior es un gran avance en torno a la práctica que es tan recurrente en la actualidad, debido al mal uso de las nuevas tecnologías, lo que muchas veces se traduce en una pornovenganza digital, el ciber acoso, o sexting, debido a la facilidad de difundir imágenes aparentemente sin consecuencias, dañando la vida de muchas personas”, destacó la diputada Paola Arreola Nieto.
En las sanciones también se incluye a los servidores públicos, quienes podrán ser inhabilitados de todos sus derechos en caso de ser responsables de una acción de esta naturaleza, informó la diputada Paola Arreola Nieto, quien consideró que hay confianza en que se obtendrán los votos suficientes en el Pleno para la aprobación de este dictamen.