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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 31 de diciembre de 2018.- Como consecuencia de la omisión por parte del Agente del Ministerio Público del Fuero Común Investigador adscrito al municipio de Tamasopo, San Luis Potosí, no se ejecutó acción penal por prescripción, esto derivó en una recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) para la Fiscalía General del Estado.
La víctima manifestó que el 3 de abril de 2013, formuló querella por hechos con apariencia de delito de lesiones por culpa en la Agencia del Ministerio Público del Municipio de Tamasopo, debido a que sufrió un accidente de tránsito del que resultó lesionado y requirió atención médica en el Hospital General de Ciudad Valles; pero, no había avances en la integración de la averiguación previa debido a que el titular de la oficina de colaboración y exhortos de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado -ahora denominada Fiscalía General del Estado- no había atendido la diligencia solicitada.
Esta emisión por parte de la CEDH sucede cinco años después de los hechos de tránsito, en abril de 2013, cuando el afectado presentó la querella, hasta hoy no han tenido avances en la investigación de los hechos con apariencia de delito.
Sobre los hechos, el Médico Especializado Forense adscrito al Departamento de Servicios Periciales, Criminalística y Medicina Forense, emitió un certificado de lesiones con fecha 4 de abril de 2013, en el que detalló que la víctima presentaba una fractura multifragmentaria de tibia y peroné de la pierna izquierda, programado para reducción abierta y colocación de material de osteosíntesis, con férula de reposo de yeso en pierna izquierda, sin compromiso neurocirculatorio, pero con incapacidad para caminar o ponerse de pie.