Encuentran muerto a trailero potosino en Reynosa; lo buscaba su familia
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 21 de diciembre de 2019.- El asesinato de la potosina Karla del Carmen Pontigo Lucciotto es un parteaguas para los casos de feminicidio que se registren en el país, pues la resolución a un amparo promovido por abogados de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho sienta un nuevo precedente. El de Mariana Limas, en el Estado de México, fue el primero.
En el panorama nacional, donde se han incrementado los feminicidios -el estado de San Luis Potosí ocupa el octavo lugar-, este es vital porque los resolutivos impactarán a las carpetas de investigación registradas y las subsecuentes.
La joven de 22 años de edad, estudiante de la carrera de Nutrición, murió el 28 de octubre de 2012 debido a cortaduras y algunos golpes que recibió cuando laboraba en un antro ubicado en la avenida Venustiano Carranza, en la capital potosina.
Esto sucedió a las 03:00 horas. Sus compañeros de trabajo escucharon un ruido similar a vidrios rompiéndose en el tercer piso del lugar y al acudir a ver qué había sucedido, encontraron a Karla en el suelo, herida, desangrándose y una puerta de vidrio estaba rota. A las 01:15 horas del día siguiente, murió en el hospital donde se encontraba internada.
En el año 2013, la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado (hoy Fiscalía General del Estado) determinó que el presunto responsable, gerente del antro Play, había cometido un homicidio culposo, por lo que enfrentó el proceso en libertad. En 2015, la madre de la joven, María Esperanza Lucciotto López fue asesorada por abogados de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho que interpusieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el amparo en revisión 1284/2015.
El 13 de noviembre de 2019, los ministros resolvieron -por unanimidad- que se subsane la investigación realizada por funcionarios de la entonces PGJE, debido a que se revictimizó a los familiares, al no dejarlos participar en la investigación, no se aplicaron los protocolos para casos de feminicidio ni se trató este caso con perspectiva de género.
UN PRECEDENTE
Integrantes de la fundación, han asesorado y representado jurídicamente a la familia de Karla. En la opinión de la abogada Ana Sandra Salinas Pérez, esta sentencia revitalizó el caso conocido como Campo Algodonero, una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del 16 de noviembre de 2009 sobre la responsabilidad internacional del Estado mexicano en Ciudad Juárez, Chihuahua, por la falta de diligencia en las investigaciones relacionadas a la desaparición y asesinato de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez. Amén del caso Mariana Lima, víctima de feminicidio en el Estado de México, donde también la SCJN emitió una resolución.
“Este caso (de Karla Pontigo) sienta un precedente y marca el protocolo en la esfera jurídica de atención, pues al no investigarse y tratarse de acuerdo a la perspectiva de género y con los protocolos para feminicidio, da un mensaje de impunidad a los perpetradores”.
La abogada también explicó que funcionarios de la Fiscalía de San Luis Potosí determinarán si se invalida todo lo actuado y deberá saber cuáles diligencias son necesarias para que se lleve a cabo la correcta investigación. Indicó que la Corte también ordenó la sanción respectiva a los funcionarios responsables de las omisiones.
Amnistía Internacional (AI) es otra de las organizaciones que han apoyado este caso y acompañado a los familiares. Inclusive, recabaron 83 mil 974 firmas en Bélgica, España, Estados Unidos, México, Paraguay y Uruguay, para solicitar justicia al gobernador Juan Manuel Carreras López.
Tania Reneaum Panszi, Directora Ejecutiva de AI México, dijo que “este caso llamó la atención de Amnistía Internacional porque recoge casos emblemáticos, que representa una dura realidad y la ineficiencia de la Fiscalía para investigar”.
PROCESO LARGO Y FRUSTRANTE
Para los familiares de Karla Pontigo, el proceso ha sido largo y frustrante pues fueron revictimizados y amenazados; sin embargo, vislumbran una luz, luego de la resolución de los ministros y confían en que por fin la justicia se aplique y se castigue al presunto responsable, además de facilitar que en otros casos similares se sigan los procesos adecuados.
Esperanza Lucciotto Rodríguez, madre de Karla, relata cómo han sido estos siete años.
“Han sido frustrantes, muy pesados, es una lucha que no acaba, nos ha deteriorado la salud y la economía; hubo muchas anomalías, por eso lo atrajo la Suprema Corte. No es de que ya pasó y se olvida, no; yo aquí estoy luchando y voy a seguir luchando por ella y por otras (víctimas)”, aseguró .
En 2016, Lucciotto López presentó una denuncia por amenazas que recibió por exigir justicia para su hija. “Ellos tienen los datos (la Fiscalía) para que investiguen las amenazas”. Hasta el momento no hay alguna resolución de la institución que dirige Federico Garza Herrera.
LAS OMISIONES
El 5 de septiembre de 2012, el Agente del Ministerio Público del Fuero Común -Mesa IV, especializada en delitos de alto impacto- inició la indagatoria por el delito de homicidio y ordenó las diligencias necesarias. El 9 de noviembre, Esperanza Lucciotto solicitó ser reconocida en su carácter de coadyuvante y le notificaran los acuerdos emitidos para que ella y quienes la apoyan, estuvieran presentes en las diligencias, lo que no ocurrió.
Por ese motivo, el 18 de enero del 2013, los afectados promovieron un juicio de amparo indirecto contra estos actos y omisiones en contra del entonces procurador Miguel Ángel García Covarrubias y al AMP de la Mesa IV, pero, el 15 de marzo el Juez Primero de Distrito dictó sentencia que consideró inexistentes los argumentos de los familiares.
El 20 de agosto de ese mismo año, el AMP señalado ejerció acción penal contra el presunto responsable del delito de homicidio culposo en agravio de Karla del Carmen Pontigo Lucciotto, por lo que se giró la orden de aprehensión. Una de las omisiones consiste en que las autoridades no notificaron a la familia la consignación del presunto responsable, además de no seguir los protocolos nacionales e internacionales de investigación por feminicidio y de muertes violentas de mujeres.
La resolución de la Corte del pasado mes de noviembre del presente año, invalida la consignación del día 20 de agosto de 2013 y ordena al Ministerio Público realizar las diligencias con perspectiva de género y de acuerdo con los protocolos para investigar un feminicidio.
LOS INVOLUCRADOS
Por las omisiones que funcionarios públicos cometieron en este caso, integrantes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CEDH) presentaron una denuncia en contra de siete servidores públicos del Gobierno del Estado, entre los que se encuentra el diputado Cándido Ochoa Rojas, quien en ese tiempo era Secretario de Gobierno.
Ochoa Rojas, simplemente dijo que las sentencias deben acatarse y no discutirse, pero pidió esperar a que las autoridades estatales hagan su trabajo antes de emitir opiniones.