Da Gobierno Estatal seguimiento permanente a los 59 municipios
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 30 de diciembre de 2025.- El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó la adición del artículo 231 Bis al Código Penal del Estado, para establecer que el delito de extorsión se persiga de oficio.
El diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, promovente de la iniciativa, explicó que esta modificación permitirá que el Ministerio Público inicie la investigación sin que sea necesaria la querella de la víctima.
De acuerdo con el Código Penal, la extorsión se configura cuando una persona, con el fin de obtener un lucro, intimida a otra con causarle un daño a ella, a su familia o a sus bienes, obligándola a dar, hacer o tolerar algo.

Este delito se sanciona con penas de cuatro a diez años de prisión, además de una multa de 400 a mil días de UMA.
El dictamen señala que la extorsión ha evolucionado hasta convertirse en un delito de alto impacto, con afectaciones directas a comercios, empresas, inversiones y generación de empleos.
Además, se advierte que este delito es cometido principalmente por grupos de la delincuencia organizada, en muchos casos mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, lo que justifica su persecución inmediata.





