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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 28 de septiembre de 2025.- La Auditoría Superior de la Federación (ASF) intervendrá para revisar los salarios de diversos alcaldes potosinos que, presuntamente, perciben sueldos superiores al del propio gobernador del estado, reveló el titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE), Rodrigo Lecourtois López.
La medida responde a una denuncia pública hecha por la organización civil Ciudadanos Observando, que dio a conocer que varios presidentes municipales reciben ingresos por encima de los límites legales, algunos de ellos con sueldos que alcanzan hasta los 140 mil pesos mensuales, lo que constituye una posible violación al Artículo 133 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, el cual establece que ningún servidor público puede ganar más que el titular del Ejecutivo estatal.
“Nosotros detectamos diez alcaldes, los tres primeros son los que llaman mucho más la atención; un sueldo de 140 mil pesos (…) la verdad está no solamente encima del ciudadano normal, sino el sueldo que ganan todos los servidores públicos por hasta el triple”, indicó Lecourtois López.
El funcionario explicó que, debido a que los recursos utilizados para el pago de dichos salarios provienen del Ramo 28 del presupuesto federal, el IFSE no tiene competencia directa para sancionar, por lo que solicitaron la intervención de la ASF, encargada de fiscalizar el uso de recursos federales.
Entre los municipios señalados con los sueldos más elevados destacan Tamasopo, Xilitla y Ciudad del Maíz, cuyos ediles serán revisados a fondo por la instancia federal. El titular del IFSE hizo un llamado a los alcaldes involucrados para que atiendan esta situación de forma inmediata, advirtiendo que, de no corregirse, se podrían imponer sanciones pecuniarias, exigir la devolución del recurso mal utilizado, e incluso aplicar inhabilitaciones administrativas.
Finalmente enfatizó en que este no es un tema menor, puesto que la ley es clara, y es obligación de todos los servidores públicos ajustarse a los límites establecidos para el uso de recursos públicos.
Reproducción autorizada citando la fuente: Quadratín SLP
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