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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 3 de junio 2021.- La asociación civil Asilegal publicó un estudio en donde visibilizan la infancia olvidada de menores que viven con sus madres en centros penitenciarios, y la falta de servicios básicos que viven los menores que acompañan a sus madres en prisión. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), dio a conocer que en San Luis Potosí hay seis menores que viven con sus madres en el penal de La Pila.
En México hay una carencia de penales exclusivos para mujeres, donde San Luis Potosí forma parte de los estados donde no existe un centro de readaptación sólo para personas del género femenino, siendo sólo 18 en todo el país por 91 mixtos, dentro de estos hay dos clases de servicios especializados, áreas de maternidad y espacios para educación temprana para los niños.
En el caso del área de maternidad existen 11 en el país, siendo la entidad potosina la que más cuenta con estos espacios con dos, mientras que Coahuila, Chihuahua, Ciudad de México, Michoacán, Nuevo León, Querétaro y Yucatán sólo tienen una, en el caso de las áreas de educación temprana son 27 en el territorio nacional, 12 están en Michoacán cuatro estados tienen dos, siendo San Luis Potosí uno de ellos además de Coahuila, Chihuahua y Yucatán, mientras que Chiapas, Ciudad de México, Jalisco, Estado de México, Querétaro y Veracruz tienen uno.
Las mujeres en estado de reclusión tienen derecho a mantener la custodia de sus hijos por tres años, mientras que en estado tiene la obligación de proveer los servicios básicos, pero el 57.6 por ciento de las mujeres que ejercen la maternidad en la prisión indicaron falta de acceso a la alimentación adecuada para sus hijos, falta de educación inicial y espacios para este servicio ya que un 72.9% no recibe ningún tipo de educación, el 21% de los menores que viven con sus madres en prisión de 0 a 6 años no tiene acceso a juguetes.
Finalmente, la asociación civil Asilegal a nombre de las mujeres y menores en el estado de reclusión hizo un exhorto y un llamado a las autoridades para dejar de olvidar a esta población y hacer valer los derechos humanos de la niñez en prisión y atender el mandato dispuesto en el artículo 7 de la Ley Nacional de Ejecución Penal sobre corresponsabilidad de los órganos de gobierno en el ámbito de sus competencias, con el fin de que los planes de reinserción contemplen de manera focal la protección del interés superior de los menores.