Firman Colegio de Notarios y 50+1 capítulo SLP convenio de colaboración
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 3 de septiembre 2020.- Para los potosinos que andaban con la zozobra por la posible liberación de una gran cantidad de presos en San Luis Potosí, apoyados en la Ley de Amnistía Federal, pueden estar tranquilos, ya que solamente gozarían de este beneficio, entre 50 y 60 en todo el estado, de acuerdo con la presidenta Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, Beatriz Benavente Rodríguez.
La legisladora afirmó -en un comunicado- que según estimaciones de las autoridades de los centros penitenciarios, los únicos beneficiados serán aquellos que cumplan ciertos criterios, entre otros, que hayan sido juzgados y sentenciados por tribunales federales.
“De acuerdo a la información proporcionada por la titular de la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero en diciembre de 2019, se tenía contemplado un universo de hasta seis mil doscientas personas privadas de su libertad en todo el país, que pudieran acceder a los beneficios que otorga la Ley de Amnistía Federal”.
Sin embargo, “para que puedan acceder a este beneficio, los solicitantes deben llevar a cabo un procedimiento, de acuerdo a lo establecido en la ley en la materia”.
Benavente indicó que los aspirantes a ser liberados deberán presentar la solicitud y apegarse a esta Ley de Amnistía, por parte de sus abogados.
“Esta solicitud tiene que pasar a un consejo que se forma, así lo contempla la ley federal, que hay varias autoridades representadas y valorarán la pertinencia de la solicitud, y de considerarlo procedente todavía lo turnarán a un juez que avalará o no el dictamen emitido por esta comisión y entonces procederían a otorgar la libertad a estas personas que lo solicitan, es decir no es en automático”.
La legisladora indicó que en el caso local, en San Luis Potosí se presentó recientemente una iniciativa de Ley de Amnistía del Estado, la cual deberá ser analizada para verificar su viabilidad y que cuenten con un procedimiento similar a la legislación estatal.
“Es decir, el Congreso tendrá que definir qué delitos de nivel estatal que sean juzgados por tribunales estatales serán posibles beneficiados de esta ley, en cuanto sea aprobada y entre en vigor”.
Dijo que en este sentido, al igual que en la ley federal, los beneficiados serán personas que ya se encuentren sentenciadas al momento de la aprobación de la ley y no posteriormente, “importantísimo recalcar que estas tendrán que ser juzgadas por tribunales estatales y evidentemente de los delitos que el Congreso del Estado determine que puedan ser sujetos a este beneficio”.