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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 23 de marzo 2021.- Los observadores electorales cumplirán la difícil misión de ser testigos imparciales del desarrollo de la próxima Jornada Electoral, en donde deberán documentar la preparación y el desarrollo de la jornada electoral, dando su voto de confianza para un justo desarrollo del proceso electoral 2021.
Ante la llegada de un nuevo proceso electoral, con vista en transparentar el proceso democrático el Instituto Nacional Electoral (INE) ha habilitado en las distintas entidades en donde se realizarán comicios para este 2021. Los observadores electorales son ciudadanos mexicanos facultados por la ley para observar los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como los actos de la jornada electoral.
Cabe hacer mención que todos los ciudadanos en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, que manifiesten su interés podrán ser observadores electorales mismos que deberán acreditarse ante el INE, para que la acreditación se elabore en un escrito de solicitud que describa el motivo por el cual se desea hacer la función de observador electoral.
Posteriormente se asiste a los cursos de capacitación, preparación o información que imparte el INE y los organismos públicos locales o las propias organizaciones a las que pertenezcan los observadores electorales.
Así mismo se solicita que no sea miembros de organizaciones o partidos políticos, ni candidatos a puestos de elección popular en los últimos tres años anteriores de elección, la solicitud se puede presentar ante el presidente del Consejo Local o Distrital correspondiente al domicilio a partir del inicio electoral y hasta el 30 de abril del año de la elección.
Los observadores electorales no reciben ninguna remuneración por su función y cuentan con derechos y obligaciones, la observación se puede realizar en cualquier ámbito territorial de la República mexicana lo que incluye el estado y los municipios, o en su caso los diferentes distritos electorales federales, se puede solicitar información ante la junta local que corresponda sobre el proceso de observación.
En el desarrollo de la jornada electoral los observadores tienen la libertad de moverse según consideren mejor para el ejercicio de su observación, teniendo derecho a ver la instalación de casilla, desarrollo de la votación, el conteo de la votación en casilla, así como la fijación de resultado de la votación en el exterior de la casilla.
Los observadores electorales que realicen un uso indebido de su acreditación o no se ajusten a las disposiciones establecidas en la ley electoral, podrán ser sancionados con una amonestación pública, así como una multa de 200 días de la unidad de medida y actualización vigente para la Ciudad de México.
La ley señala que los observadores electorales se deberán abstener de sustituir u obstaculizar las funciones de las autoridades electorales, así como no hacer proselitismo de cualquier tipo, externa cualquier expresión en defensa, difamación o calumnia y declarar el triunfo de partido político o candidatura alguna.