Experta de UASLP señala riesgos de productos industrializados en jóvenes
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 6 de agosto 2002.- La iniciativa de Ley de protección de las personas contra enfermedades de transmisión por vías aéreas y similares del estado de San Luis Potosí, que fue presentada por abogados al Congreso del Estado, propone multas mínimas de 86.88 pesos y máximas de 434.4 pesos, contra aquellos pobladores que incumplan el uso de cubrebocas.
Hasta el momento se constituye como la única propuesta seria para regular la actuación de los habitantes cuando estén en la calle, para hacerlos cumplir de forma legal las medidas sanitarias contra el Covid 19.
Fue propuesta a los diputados locales el pasado 31 de julio, por los abogados Francisco Iram Atala Dewey, Beatriz Sarahí Aguilera Gallegos, Irán Elodia González Zúñiga, Hugo Iván Gauna González y Rodolfo Jiménez Rangel.
Los artículos 32 al 41 establecen las sanciones administrativas contra la desobediencia ciudadana, pero también contempla las omisiones de los propios gobiernos, órganos autónomos y sector empresarial. Todo el dinero deberá destinarse a una bolsa que servirá para combatir la enfermedad.
De esta manera, las multas se fijarían en Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en 2020 asciende a 86.88 pesos. Quien infrinja el uso de cubrebocas, podría tener que pagar un mínimo de 86.88 pesos y un máximo de 434.4 pesos (cinco UMA).
Lo anterior, siempre y cuando «(…) realice voluntaria exposición inadecuada y sin la utilización de barreras de protección facial, en las cavidades oral, ocular, nasal en las instituciones públicas de gobierno, dependencias, espacios y sitios de acceso público, instituciones y planteles educativos del sector público y privado, así como autónomos, transporte público en todas sus modalidades, plazas, centros comerciales, tiendas departamentales, negociaciones con atención al público, mercados, sitios recreativos en el territorio del Estado. En dichos lugares se fijará en el interior y en el exterior, los letreros, logotipos y emblemas que establezca la Secretaría de Salud del Estado».
Sin embargo, la multa no será la primer medida, sino la última. El desobediente primero será amonestado con apercibimiento y luego, en segundo término, será retirado del lugar donde se encuentre, con apoyo de policías estatales o municipales, pero respetando sus derechos humanos.
En tercer lugar aplicaría la multa y en caso extremo, la clausura temporal o definitiva, parcial o total, de los lugares citados por haber permitido el ingreso del individuo.
«Si la persona infractora fuese jornalera, obrera o trabajadora, la multa no será mayor al importe de su jornal o salario de un día. Tratándose de personas trabajadoras no asalariadas, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso. En caso de reincidencia se duplicará el monto de la multa que corresponda», señala la iniciativa de ley.
La propuesta incluye una serie de medidas que deberá tomar la Secretaría de Salud para incentivar al uso de cubrebocas, que incluye campañas masivas.
Los propios ciudadanos podrán denunciar a quienes no usen sus cubrebocas, mascarillas, etc.
El abogado Francisco Atala dijo que la iniciativa ya está en comisiones para su discusión.