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¡Prueba de paternidad en el IMSS! Estos son los pasos para solicitarla
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 25 de marzo 2021.- Con el avance del proceso electoral surgen distintos términos que se refieren a etapas específicas, en este caso, una vez terminado el periodo de registros, surge el concepto de “Medios de Impugnación”, que son los recursos legales que tienen los candidatos, partidos, militantes y ciudadanos en defensa de sus derechos político electorales.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación informa que los medios de impugnación sirven para modificar, revocar o anular los actos y resoluciones en materia electoral que no se apeguen a las normas constitucionales, convencionales o legales, estos elementos permiten que quien participa en la política tenga una justa defensa de sus derechos.
Es importante hacer mención que los medios de impugnación tienen una vigencia de cuatro días, mismos que se cuentan desde que una autoridad emite un acto o resolución; como ejemplo, se puede señalar la declaración de validez de una candidatura, a partir de ese momento empezará a correr el tiempo para la presentación del recurso.
Éste puede ser presentado por el candidato, su representante legal o el partido que lo postule, pero también por ciudadanos interesados en el desarrollo político del país.
Existen tres tipos de juicio: el de Inconformidad (JIN), el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de los Ciudadanos (JDC), el Juicio de Revisión Constitucional (JRC); así como el Recurso de Revisión (RR), Recurso de Apelación (RAP) y Recurso de Reconsideración (REC), de estos el más común es el JDC, pues abarca la mayoría de elementos de protección de ciudadanos y políticos, por lo cual es recurrente su utilización.
Una vez identificado el Medio de Impugnación Electoral, se procede a presentarlo en un Tribunal local para posteriormente ser llevado a una Sala Regional, las cuales se dividen en cinco circunscripciones federales.
En el caso de San Luis Potosí, perteneces a la segunda circunscripción junto a sietes estados más: Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro y Zacatecas, con su sede en la ciudad de Monterrey.
Una vez resuelto el juicio en la circunscripción correspondiente -sea a favor o en contra- se puede recurrir a una decisión final en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con sede en la Ciudad de México; es ahí donde se resuelven de manera definitiva los medios de impugnación que se hayan presentado, por lo que será la decisión final que terminará el sentido de los medios de impugnación.