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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., a 14 de mayo de 2019.- Eduardo Hernández Janet, Eugenio N. o Cayeyo Jr., mató Eugenio Castañón Elizondo, Eugenio N., con perfidia (a traición) y por eso recibió sentencia condenatoria, dijeron los jueces del caso que duró más de dos años en resolverse.
Este lunes 13 de mayo, durante la audiencia de continuación del juicio que se seguía contra Cayeyo por la acusación de homicidio calificado por ventaja y traición, ocurrieron los alegatos finales por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE), a cargo de Pablo Alvarado y a su vez por la defensa, en voz de Álvaro Ramírez Segura. Al finalizar, el tribunal presidido por Juan David Ramos, determinó un receso que inició a las 12:45 del día.
La orden del juez presidente, fue que nadie de los interesados se alejara del edificio, porque en cualquier momento podría reanudarse la audiencia para dar el fallo final en máximo 24 horas, conforme el Código de Procedimientos Penales.
Después de ello, todos desalojaron la sala. El imputado, Eduardo N., vestido en su totalidad de color beige -tono usado por los internos de cualquier centro penitenciario-, con pantalón de mezclilla, una playera delgada manga larga y una sudadera fina muy afelpada para soportar las bajas temperaturas del aire acondicionado de la Sala 6 del Centro Integral de Justicia Penal, salió caminando desenfadado y sin perder la altivez que lo caracterizó durante todo el juicio, para ser trasladado a una sala de espera.
Los abogados de ambas partes, murmuraban a su paso. De sus bolsillos, la mayoría sacó cajetillas de cigarros, el nerviosismo era evidente. Pronto conocerían quién presentó los mejores argumentos y sustentó los datos de prueba, o en su caso, los desestimó. La mayoría subió a sus vehículos, pero dejaron a alguien de guardia, para que estuviera pendiente del llamado a reingresar a la sala. Unos llegaban y otros se iban, todos se rolaron para poder ir a comer. Por su parte, el personal del Centro Penal ingresaba con grandes bolsas con comida para los jueces.
Las horas pasaban y no había señales de retomar la audiencia; pronto, todo el equipo de la Fiscalía General de Justicia y la parte ofendida se reunieron en una sala, donde conversaron unos, mientras otros intentaban dormir, pero la ansiedad no se los permitió. En tanto, el Centro Integral de Justicia Penal, lucía solo, únicamente se encontraba un administrativo de guardia y algunos elementos de la Policía Procesal.
Afuera, permanecía parte de la defensa, quienes no dejaban de fumar sus cigarrillos y se notaban inquietos. El reloj marcó las cinco de la tarde y nada; algunos hacían sus apuestas para atinarle a la hora en que reanudaría el juicio contra el Cayeyo. Cerca de las 7:15 de la noche, el operador de sala salió a buscar a algún abogado de la defensa. Sólo encontró a Álvaro Ramírez Segura, a quien le murmuró que ingresara a conversar con el imputado, debido a que se encontraba muy inquieto. Rápidamente, el abogado se perdió entre los pasillos, para tratar de calmar el ímpetu de Eduardo N., pues ningún familiar, durante todo el juicio, hizo acto de presencia para dar su apoyo moral al acusado. Estaba solo. Únicamente contó con sus representantes legales.
LO LLEVÓ A SUS DOMINIOS
A las 7:22 de la tarde, el operador de sala regresó a las salas de espera y dijo: “En 15 minutos podrán ingresar ya a la sala 6, manténganse pendientes”. Cerca de las 7:30 pm, todos fueron llamados a ingresar a la sala. El operador inició la grabación de audio y video, por lo que pidió respeto al tribunal que estaba por entrar. La audiencia formal inició a las 19:41 horas, donde el juez presidente, Juan David Ramos, dio el uso de la voz al juez relator José Pedro Gómez Ávila, encargado de dar a conocer el fallo sobre la acusación que pesaba sobre el Cayeyo.
“Tras haber finalizado los alegatos por parte de la Fiscalía General del Estado y de la defensa de Eduardo Hernández Janet, por unanimidad este tribunal ha determinado en base fáctica que la Fiscalía demostró el hecho-motivo sobre la acusación contra el imputado, por haber cometido homicidio calificado por ventaja y traición contra Eugenio Castañón Elizondo, en los hechos ocurridos el pasado 5 de mayo de 2017”, señaló el juez.
En un relato sintetizado sobre los hechos ocurridos, el juez relator dijo que se había constituido que la tarde-noche del 4 de mayo de 2017, la víctima y su victimario se encontraban departiendo en un reconocido restaurante ubicado en la colonia Tequisquiapan, donde fueron convencidos por Eduardo para seguir la fiesta en su domicilio, lo que denota, que de parte de la víctima había lazos de confianza irrefutables.
Posteriormente, ambos, acompañados de tres amigos, arribaron a la calle Paseo Alto, número 124 del fraccionamiento Campestre e ingresaron; luego, recorrieron la casa y entraron a la habitación de Eduardo N., quien se desvistió frente a sus invitados, donde dos de ellos se percataron que hasta ese momento, el acusado no portaba arma de fuego alguna entre sus ropas. Luego se fueron a la cocina donde Eduardo y Eugenio permanecieron platicando de diversos temas en común, de acuerdo a dos de los amigos que los acompañaron. Luego de algunos minutos de haberse quedado dormidos en la sala, se retiraron alrededor de las 3:20 de la madrugada, cuando Eugenio aún se encontraba con vida.
Se estableció, que la hora del crimen ocurrió entre las 4 y las 6 de la mañana del 5 de mayo de 2017.
“Eugenio presentaba una laceración en el ala izquierda de la nariz, la cual, le causó la muerte inmediata, lo que fue demostrado por los peritos encargados de procesar la escena del crimen y que plasmaron en sus dictámenes, a pesar de los intentos de la defensa de desvirtuar los mismos, al aludir que los peritos no tienen un título profesional, sin embargo, los respalda su experticia; la declaración de Eduardo Hernández Janet, y los peritos aportados por la defensa fueron insuficientes como datos probatorios”, señaló el juez.
De acuerdo a lo explicado, quedó desechada la teoría abonada por la defensa de una supuesta riña en la que Eugenio intentó golpear a Eduardo y éste en su defensa le disparó; además recalcó que de acuerdo al estudio del tribunal, teniendo como base los dictámenes y datos probatorios, el cuchillo que portaba la víctima en su mano izquierda fue sembrado.
“De haber empuñado un cuchillo antes de que le dispararan, éste, al momento del impacto se le habría caído de la mano, pues el disparo arrancó la vida de Eugenio de inmediato, a esto se le suma que el cuerpo de la víctima no tiene lesiones o hematomas que se tomen por indicios de una aparente riña; el relato de Eduardo no tiene sustento, del forcejeo no hay sustento, no hay lesiones en ninguno a excepción de la herida de bala en el rostro de la víctima”, manifestó el juez.
Mientras el juez relator leía la síntesis, Cayeyo empuñaba sus manos, se tallaba el rostro y apretaba sus quijadas, dirigiendo su mirada a su abogado Rafael Aguilar, con la que expresaba un gran coraje ante lo que se avecinaba: un fallo condenatorio.
“Es claro que no se trató de una riña ni mucho menos un acto en defensa propia por parte de Eduardo Hernández quien se encontraba armado; él llevó a Eugenio a sus dominios, quien no portaba arma alguna; actuó con perfidia, traicionó la confianza de Eugenio, con lo que se establece el hecho-motivo por homicidio calificado por ventaja y traición. El actuar de Eduardo no está justificado, por lo que el veredicto es culpable, es un hombre imputable porque podría actuar de otra manera y respetar la vida de su víctima, existiendo así una base fáctica, jurídica y probatoria”, puntualizó el juez relator.
Así, se determinó la culpabilidad de Eduardo Hernández Janet, por el homicidio calificado por traición y ventaja en agravio de Eugenio Castañón Elizondo, cuya audiencia de sentencia será la próxima semana, de acuerdo a lo manifestado por el juez.
“NOS VAMOS EN PAZ”
Minutos después, el tribunal pidió al operador que se giren oficios de notificación a algunos testigos para que se presenten la próxima semana durante la audiencia de sentencia, entre ellos, un hombre de nombre Carlo “N”, que el fiscal nombró en al menos tres ocasiones. La desesperación e impotencia de Cayeyo, lo llevó a hablar sin habérsele dado permiso por parte de la autoridad.
“¡No es Carlos, es Carlo!”, gritó Eduardo retumbando su voz en la sala.
El juez presidente del tribunal, Juan David Ramos, hizo valer su autoridad y aclaró: “Eso dije, señor Hernández, ¡y le recuerdo que usted no tiene permitido hablar hasta que se le otorgue permiso y nadie se lo ha dado, guarde respeto a este tribunal!”.
Cayeyo quedó en silencio, mientras sus abogados no tenían palabras ni hicieron nada por calmarlo, mientras la mirada del ya culpable lanzaba destellos en contra del abogado que tenía a su izquierda: Rafael Aguilar.
Finalmente, la audiencia para dar a conocer el dictamen finalizó y se ordenó el desalojo de la sala. Cayeyo se levantó frenético, visiblemente molesto, se despidió con un fuerte apretón de manos de sus representantes legales y caminó sobre el pasillo hasta que la puerta se cerró detrás de él por un elemento de la Policía Procesal.
Afuera del Centro Integral de Justicia Penal, ambas partes dieron entrevista a los medios. La defensa, con los rostros desencajados, aseguró que apelará la decisión y que interpondrá una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La parte ofendida, se dijo agradecida por los resultados, “hubo justicia, creemos que es lo correcto y el día de hoy nos vamos en paz”, dijo el tío de la víctima Eduardo Castañón.
Por su parte, el abogado defensor de Cayeyo, Héctor Vega, dijo que su bloque se sentía molesto, pero satisfecho por el trabajo realizado, añadiendo que “sabíamos que esto era un asunto de Estado y generamos una expectativa razonable y lo resuelto es incongruente con lo que se desarrolló en el juicio”, manifestó.
Aún restan 15 días para la apelación.
Y falta conocer la condena.