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El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal de San Luis Potosí para sancionar como delito la cohabitación forzada de personas menores de 18 años, o de quienes no puedan comprender o resistir el hecho.
A través de una iniciativa presentada por la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, de la LXIII Legislatura, se adicionó el Título Cuarto, Capítulo Uno BIS y los artículos 184 BIS y 200 BIS, con el objetivo de penalizar esta conducta.
La Comisión Primera de Justicia avaló el dictamen que establece sanciones de ocho a 15 años de prisión y de mil a dos mil 500 días de multa a quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una persona menor de edad o incapaz de comprender el hecho, a unirse en convivencia con un adulto o con alguien en las mismas condiciones, incluso si hay consentimiento.
Además, se contemplan agravantes si la víctima pertenece a una comunidad indígena.
La reforma también configura el nuevo delito de matrimonio ilegal, aplicable a quienes contraigan matrimonio con menores de edad, con las mismas penas y agravantes.