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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 23 de julio de 2025 .- En San Luis Potosí, los delitos de violación, estupro, feminicidio, homicidio calificado, homicidio en razón de parentesco, secuestro y desaparición forzada de personas serán imprescriptibles, una vez que la víctima sea una persona menor de 18 años.
Así lo establece la reforma al artículo 110 y las adiciones al artículo 183 bis del Código Penal del Estado, aprobadas por el Congreso del Estado, propuesta de la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas.
La reforma también considera como imprescriptibles los delitos de abuso sexual, hostigamiento sexual, acoso sexual y difusión ilícita de imágenes, siempre que la víctima sea menor de edad.
Durante la exposición de motivos, la legisladora explicó que los derechos humanos deben interpretarse conforme a la Constitución y tratados internacionales, favoreciendo siempre a las personas con la protección más amplia.
Lamentó que muchas infancias y adolescencias víctimas de violencia sexual guardan silencio durante años por miedo, culpa o vergüenza, lo que impide que accedan a la justicia en el tiempo estipulado por la ley.
“Solo el transcurso del tiempo les permite hablar sobre la agresión sufrida, pues la humillación y el temor a ser estigmatizados los acompaña a lo largo de su vida”, expresó.
La diputada también advirtió que la violencia sexual contra la infancia y adolescencia, constituye una de las peores formas de agresión, y aunque es un problema creciente, la mayoría de los casos no son detectados ni denunciados.
Finalmente, puntualizó que el acceso a la justicia es un derecho fundamental y debe garantizarse con mecanismos eficaces que vayan más allá de los procesos judiciales, permitiendo que cualquier persona pueda ejercerlo.
Reproducción autorizada citando la fuente: Quadratín SLP
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