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Trump, ¡uy que miedo!
Uso excesivo de la fuerza policial (Tijuana, Ixtlahuacán de los Membrillos, Cd. de México, Gdl.) deben ser investigados y sancionados. También actos vandálicos (San Luis Potosí, Cdmx, recientes) y agresiones cobardes de anarquistas y de porros y funcionaria obradoristas a policías en Guadalajara, videograbada.
A autoridades y ciudadanos nos conminan a realizar y exigir, desde ya: (1) el Desarrollo Policial resuelto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, desde 2009, que obliga a la carrera policial, su profesionalización, certificación, disciplina, con base en Doctrina Policial Civil, frenado en Gobierno de Peña, y recuperado solo en parte no militarista, en el gobierno de López con el Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica, que debía estar implementando el Secretariado Ejecutivo del referido Sistema Nacional, y no lo hace, y del que gobiernos estatales y municipales se desentienden (en Gto solo 6 de 42 alcaldes lo intentan).
Y (2), exigimos: uso de la fuerza, y conforme a los principios de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza: Absoluta necesidad (última alternativa para tutelar vida e integridad de personas o mantener el orden y paz pública); estricto apego a legalidad; planificación minimizando uso de fuerza; proporcionalidad al nivel de resistencia del agresor, y de riesgo; uso diferenciado y progresivo de fuerza. Y con respeto a derechos humanos.
El impacto del uso de la fuerza en las personas lo gradúa así: 1º persuasión; 2º restricción de desplazamiento; 3º fuerza física con moderación; 4º Inmovilización; 5º incapacitación; 6º lesión grave -permitiendo uso de armas menos letales para neutralizar a agresores; y 7º muerte, acción excepcional, usando armas menos letales.
Mecanismos de reacción en el uso de la fuerza ahí previstos son: I. Controles cooperativos (advertencias o señalización); II. Control mediante contacto (límite superior es la intervención momentánea en funciones motrices); III. Técnicas de sometimiento o control corporal; IV. Tácticas defensivas (límite superior es daño de estructuras corporales no vitales) y V. Fuerza Letal: límite es el cese total de funciones corporales.
Conductas que ameritan el uso de la fuerza, ordenadas por su intensidad:
a) Resistencia pasiva: conducta exenta de violencia, negándose a obedecer órdenes legítimas. b) Resistencia activa: conducta empleando violencia o amenaza, y negarse a obedecer órdenes legítimas y, c) Resistencia de alta peligrosidad: conductas empleando violencia o amenaza, para causar a otras o a personal de seguridad, lesiones graves o la muerte, negándose a obedecer órdenes.
Los niveles del uso de la fuerza, según el orden en que deben agotarse, son: i. Presencia de autoridad (uso adecuado del uniforme y de equipo). ii. Persuasión. iii. Reducción física de movimientos (cuerpo a cuerpo); iv. Utilización de armas incapacitantes menos letales, y v. Utilización de armas de fuego o de fuerza letal: para repeler resistencias de alta peligrosidad.
El uso de la fuerza solo se justifica cuando la resistencia o agresión es real, actual e inminente. Y el uso de la fuerza letal será el último recurso en cualquier operativo, determina esta ley. ¡Usen fuerza legítima!
Manifestaciones violentas siguieron este fin de semana: en EU e Inglaterra, por motivo racial. En México, violencias escalan incontenidas, además, por conflictos de clases hoy atizados. Quien siembra vientos, cosecha tempestades. AMLO y Trump con verborrea letal. Y anarquistas y capos lo aprovechan. Urge, desde lo local, desarrollo de policías y de ciudadanos: respetuosos, respetados, honorables.