Ironía
Esta entrega incluye dos temas, ambos estrechamente ligados pero distintos, el primero en relación a la reviviscencia y el segundo sobre una profunda preocupación del personal en los Centros Públicos de Investigación que coordina la oficina federal en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación, CTI; el otrora CONACYT.
La reviviscencia es un concepto de derecho en el cual una ley abrogada o algunas partes derogadas revive su vigencia y efectos luego de algún proceso jurídico.
Por ejemplo, si por el desaseo en un proceso legislativo, éste es impugnado y es sentenciado como nulo, entonces se puede declarar que la reforma queda sin efectos, que se reponga el proceso legislativo o algún otro resolutivo.
Quienes no somos juristas podemos presumir que, al sentenciar en contra de ese proceso legislativo, de manera inmediata, queda vigente la ley que hubiera sido abrogada o aquellas partes que se hubieren derogado, pero no es automático.
Aunque si el proceso legislativo para reforma es declarado improcedente o indebido, hecho que implique que los transitorios –relativos a la abrogación o derogación, según sea la reforma específica-, sean anulados o su efecto sea detenido, esto no necesariamente implica la reviviscencia.
Si la SCJN no se expresa en el sentido de que una ley previa revive o no, luego entonces el asunto queda en una clase de indefinición jurídica; es decir, la sentencia deber ser explicita en el sentido que la ley abrogada (o sus partes derogadas) queda vigente y “reviven” sus efectos como normatividades entretanto condicionantes de sentencia sean cumplidos, en caso contrario queda norma ambivalente y se resolverá caso por caso, según vaya sucediendo.
El asunto depende fuertemente de los términos en que se impugne tanto como de aquellos en que la corte sentencie.
Este puede ser el caso de la nueva ley en materia de CTI, ese ilegal proceso legislativo donde se aprobaron una veintena de reformas normativas, varias en minutos, para luego publicar los decretos prácticamente de isofacto; empero, aún no sabemos qué sucederá.
La intuición hace pensar que el proceso legislativo será impugnado, no se sabe si en conjunto o para cada reforma puntual, la comunidad mexicana en CTI esperamos que suceda la impugnación al menos en materia de CTI y que se resuelva en términos tales que, por lo menos, reviva la Ley en Ciencia y Tecnología previa hasta que se reponga el proceso legislativo.
Al momento no sabemos si habrá impugnación alguna –al cierre de esta columna no se tiene registro público de ello-, tampoco se tiene claridad si, de haber impugnación, cuáles serán los términos y, de ahí, que clase de proyecto sería presentado por la persona magistrada ponente que tome el asunto, para, luego, conocer la votación del tribunal; falta mucho trecho, hay alta incertidumbre.
Mientras tanto, aquí el segundo tema, la comunidad de diferentes CPIs se encuentran con una enorme preocupación, un ejemplo es publicado por colegas de Instituto Mora (https://www.eluniversal.com.mx/cultura/la-nueva-ley-de-ciencia-y-el-futuro-del-instituto-mora/).
Ha trascendido que las personas titulares de dirección general, o equivalente, de los CPIs han sostenido reuniones para restructurarlos; sin que la comunidad haya sido enterada, convocada o sus opiniones consideradas, sino que ha trascendido mas por filtración.
No sorprendería, dada las formas en este sexenio del otrora CONACYT y la conducta de sus directivos, que la restructuración implique desagradables sorpresas, la desconfianza sembrada a lo largo de esta administración ha cultivado la incertidumbre y angustia entre el personal.
Se cree que la restructuración resulte en tres mega-CPIs “para ahorrar recursos en favor de los intereses nacionales hacia la independencia epistémica y tecnológica” (no le suena el dicho).
Colegas me han manifestado que pedirán el amparo del estado ante actos de autoridad del ejecutivo.
La preocupación se potencia si la ley anterior no revive en efectos y vigencia, por lo menos.