
Los niños que fuimos
Antier, 16/04/2022, se publicó en el DOF el reglamento de becas de CONACYT.
Además de la aburrida y repetitiva jerga ideologizante y doctrinaria, palabrería insulsa, tiene contradicciones absurdas, como primero desacreditar “posgrados profesionalizantes, en particular de instituciones de educación superior del sector privado”, como si estuvieran fuera de la ley cuando sólo están fuera de una obtusa perspectiva, para luego asegurar que “el Conacyt, en ejercicio responsable de su competencia legal y autonomía para determinar los criterios de sus reglamentos, tiene la firme convicción de adaptar sus programas públicos a los nuevos tiempos y a las necesidades reales del país”, ajá.
Añadido a las contradicciones, paradójicamente, el reglamento tiene muchas similitudes con las políticas públicas de los “tiempos neoliberales” denostados en la exposición de motivos en el reglamento mismo; aquí algunos ejemplos.
Para tener contexto recordemos que CONACYT tardó tres años en publicar el PECITI, el PND sólo tiene unos poquísimos renglones dedicados a Ciencia, Tecnología e Innovación, CTI, y el PEF va a la baja para CTI; sin omitir que no hay mas recurso financiero en fideicomiso alguno luego de la extinción de estos.
El Artículo 5 restringe que “las becas y apoyos complementarios que otorga el consejo se asignarán, sujetos a disponibilidad presupuestaria”; entonces, el acceso universal ordenado en la Fracción I del Art. 3 del reglamento, se verá comprometido por la disponibilidad, mismo que, como apuntamos arriba, va a la baja.
Ya estaba restringido en los tiempos satanizados y calificados de neoliberales, luego entonces, ¿cuál la diferencia con aquellos?; en esto ninguna, será igual, quizá peor ya que la Fracción II de Art. 3 mandata austeridad republicana.
El Art. 9 dicta que “la asignación de becas y apoyos complementarios se llevará con base en los criterios de prelación establecidos en las reglas de operación del programa, así como en la convocatoria o convenio de colaboración” en estricto apego al “principio constitucional de igualdad y no discriminación conforme a los criterios de inclusión social, equidad institucional, disciplinar y de género”
Así ha sido desde hace decenios, desde mis tiempos de estudiante nunca he visto discriminación alguna para admisión a posgrados; únicamente criterios de conocimiento y desempeño académico consensuado por cuerpos colegiados en las instituciones respectivas, entonces aquí tampoco hay novedad.
De esta manera el reglamento es prácticamente idéntico a los tiempos neoliberales, salvo la palabrería comentada arriba y las contradicciones ilustradas en los párrafos inmediatos superiores.
Hay dos novedades, una, marginal por operativa mas que reglamentaria, estriba en que se definen algunas modalidades de becas; con el riesgo que ante los escasos recursos se atomice y diluya el financiamiento con mayor restricción, a la ya grave y actual, en el número de personas beneficiarias con beca CONACYT.
La segunda, burocracia engordada artificialmente, se relaciona con el hecho que las personas becarias tendrán que demostrar y realizar los trámites, firma electrónica y mas, ante el SAT de la SHCP para constar su situación fiscal.
Esto último abre, al menos, dos cuestionamientos:
El reglamento sólo mezcla contradicciones y mas de lo mismo con potencial atomización de recursos plagado la palabrería.