
Los que no pudieron salir
Hace tiempo pregunté a un abogado sobre el alcance de una Ley General y la diferencia entre una Federal o Nacional. En resumen, una Ley General tiene alcance en todo el territorio nacional y todo nivel de gobierno.
El pasado 9 de septiembre se incluyó en la Gaceta Legislativa del Senado una iniciativa para expedir la Ley General de Educación Superior, LGES. Sigue turnada a comisiones. Se dice expedir porque es una ley nueva; aún no se sabe si se derogará o abrogará norma alguna a consecuencia de su expedición, ya veremos.
Dada la gran intersección entre educación superior y Ciencia, Tecnología e Innovación, CTI, es pertinente reflexionar al respecto; toda vez que los términos de la LGES tendrán impacto en las políticas públicas sobre CTI.
En la iniciativa se “establece a la educación superior como un derecho para el bienestar y como un bien público”. Al reconocerle como bien público se eleva el valor de este derecho. También se reconocen las modalidades de transferencia del conocimiento a nuevas generaciones.
Pero no hagamos las campanas tañer.
Con pretexto del artículo 3º Constitucional la iniciativa se cura en salud, ante la intocable autonomía universitaria, al determinar que las universidades e instituciones “contarán con todas las facultades y garantías institucionales con las que han contado hasta ahora”. Habrá que estar atentos a las funciones y regulaciones en la materia, ha habido excesos.
Luego, la LGES es redundante pues plantea subsistemas de educación superior que ya son existentes. Mis dudas sobre los términos en que resulte definida o determinada la operación de las escuelas normales e instituciones de formación docente.
La iniciativa para LGES es omisa en lo siguiente.
Primero, hasta donde se lee en la gaceta, se omiten sobre las Universidades Politécnicas y Tecnológicas; eslabón relevante en la cadena productiva del conocimiento y su aplicación. De facto, éstas han complementado la formación de recursos humanos para atender diversos mercados laborales. Deben estar incluidas en la LGES.
Segundo, además, en la iniciativa se omiten los Centros Públicos de Investigación, CPIs, sectorizados, desconcentrados y los de CONACYT. Recordemos que los CPIs otorgan grados de maestría y doctorado; algunos, incluso, de licenciatura. Es una enorme omisión pues los CPIs constituyen un elemento relevante en la cadena productiva del saber; pero no deben confundirse con Universidades.
¿Qué papel determinará la LGES para Universidades Privadas, Politécnicas, Tecnológicas y los CPIs? La iniciativa tiene un gran hueco.
Como Ley General, la LGES considera las acciones, concurrencia, competencias y de su distribución entre los distintos órdenes de gobierno. Esto será un galimatías, Gobiernos y Munícipes tendrán carga adicional; se sujetarán a la federación o ejercerán su soberanía. La implementación apunta al gran riesgo de propiciar una burocracia inhábil de rápida adaptación a los tiempos; dado el contexto acelerado de avance tecnológico.
La iniciativa versa: “determinar cómo se realizará su planeación y evaluación; así como la concurrencia de su financiamiento”. Pero faltan leyes secundarias y su reglamento, ahí está el lado flaco de la pita, en la determinación. Es pertinente analizar el paquete normativo completo.
Por ejemplo, ¿cuál concurrencia si las finanzas públicas cada vez son más estrechas? O ¿será letra muerta como el traído y llevado 1% del PIB para CTI? ¿Quién garantizará el financiamiento de lo que la iniciativa de LGES reconoce como un bien público? Éstas y más preguntas no tienen respuesta aún.
La iniciativa incluye crear Sistema Nacional de Educación Superior, dice “deberá operar de manera articulada con el Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación para la coordinación de programas, proyectos y recursos económicos” pero el último será definido en la reforma a la Ley de Ciencia y Tecnología; podrá ser otro elemento de distancia con la CTI, la investigación y la docencia son distintas.