Llegará Estado de silencio a Netflix este jueves
Quienes han protestado cumplir y hacer cumplir nuestra constitución y la norma que de ella emana se han dedicado a violar diferentes leyes, les parece normal; hecho que sucede en mas de un nivel de gobierno y hasta en el poder legislativo.
Actos anticipados de campaña, uso de recurso público en la promoción personal de funcionarios, excesos opacos en asignaciones directas, desacatos judiciales, violación en cuanto al manejo de datos personales sensibles en posesión de terceros y abuso en el ejercicio de la función pública; por citar algunas faltas claramente documentadas.
La FGR con cuestionables actos no luce como un actor imparcial, hecho claro en las recientes exoneraciones a pesar de los videos con flujo de efectivo de, al menos, dudosa procedencia; sin importar cuál fue el fin, o un movimiento o un partido (tecnicismo superfluo), no se ha deslindado responsabilidad por origen, medio y finalidad del recurso involucrado.
Así, sobre las faltas en éstas y otras materias, se pone en vela la independencia de las resoluciones judiciales, es un reto para la estructura republicana de México.
En este contexto El Universal publica una nota referida al Sistema de Administración Tributaria, SAT, y el régimen fiscal del Centro de Investigación y Docencia Económicas A.C., CIDE; vea, https://www.eluniversal.com.mx/ciencia-y-salud/cide-cambio-de-regimen-fiscal-convierte-al-centro-en-una-institucion-privada.
Sobre ese cambio, nota que al cierre de esta entrega no ha sido desmentida por autoridad alguna, el CIDE se encuentra en el Régimen General de Personas Morales, con presunción que esto le define como persona jurídica con fines de lucro.
Vamos por partes.
El CIDE es una Asociación Civil y en consecuencia, aunque fuera privada, en una persona jurídica sin fines de lucro.
Luego, el CIDE, como todos los centros públicos de investigación, CPIs, coordinados por CONACYT, cuentan con un convenio de desempeño con el gobierno federal, instrumento que permite, mientras esté vigente, se le incluya en el presupuesto de egresos de la federación; con todo el marco de empresa pública federal para la rendición de cuentas y ejercicio de las actividades sustantivas de interés público en Ciencia, Tecnología e Innovación, CTI, etcétera.
Además de lo anterior, si los asociados en la persona jurídica, como es el caso del CIDE, son entes públicos, entonces la asociación civil es pública; de lo dicho en el párrafo anterior y este mismo es que quehacer de los CPIs se le norme por la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Cabe puntualizar que el CIDE no es el único CPI que se encuentra en los supuestos referidos arriba, está IPICYT, COLSAN, CIATEJ y mas; algunos otros no son A.C.
En el caso de los CPIs que son constituidos como A.C., la asamblea de asociados es la máxima autoridad; misma que asume la responsabilidad que de ley define el marco normativo correspondiente.
También está el Órgano de Gobierno, en el contexto de entidad paraestatal, para el CPI que sea A.C.; el Órgano de Gobierno es presidido por CONACYT y ahí se cuenta con el comisariato de las SHCP y SFP, con lo anterior se da vigilancia de cumplimiento normativo.
Luego entonces, en ese cambio de régimen para CIDE es el gobierno federal contra el gobierno federal mismo, un disparate.
Es CONACYT, al presidir tanto el Órgano de Gobierno como la asamblea de asociados, la entidad que tiene responsabilidad, por ejemplo en pasivos, sin que ello absuelva posibles responsabilidades legales de quien sea titular del CPI correspondiente.
Así que alguien está excediendo las atribuciones en el uso de sus funciones, quizá mas de uno a la vez; una vez mas es la ilegalidad normalizada en actos públicos de la actual administración federal.
Como sea, una implicación es que la CTI se encuentra bajo amenaza, de nueva cuenta, por la actual administración pública federal; no obstante, los tiempos cambian, si hay independencia del poder judicial, entonces eventualmente alguien deberá rendir cuentas; ya se verá.