Libros de ayer y hoy
Es la última entrega de la respuesta a mi colega, tras su pregunta sobre qué modelo requiere México si no fuera el planteado, como se formula, en el anteproyecto de ley general para Ciencia, Tecnología e Innovación, CTI.
En la primera entrega, esta columna trató sobre la relevancia de la autonomía en contraste al centralismo mega-presidencial, al puro estilo de Huey Tlatoani.
En la segunda, como es que las realidades, tanto global como local, de la CTI deben ser insertadas de manera holística para reconocer tal característica dialéctica y complementaria.
Ninguna de las anteriores se encuentra en el anteproyecto del ejecutivo federal, de forma alguna.
El anteproyecto se autodefine como una ley general reglamentaria del derecho a recibir los beneficios de la CTI respecto de lo establecido en el Art. 3º constitucional.
Sin embargo, las reglas sobre cómo usar recursos financieros, ya de origen público o privado, para la CTI son catastróficas.
En el Título Quinto, Capítulo V, se da cuenta, con cuatro artículos, del presupuesto, pero del de los Centros Públicos de Investigación, CPIs coordinados por CONACYT; no de los destinado a otros entes dedicados a la CTI, sobre esto último poco.
El hecho que por derecho yace en el Título Quinto, Art. 72, inciso (b), es que, de un plumazo, como un acto político, no necesariamente de políticas públicas en CTI, la petición de las SHCP y SFP son suficientes para extinguir alguno de los CPIs coordinado por CONACYT.
Es una gran amenaza a la existencia de los CPIs como elementos del ecosistema científico nacional, lo que ilustra cómo es que el financiamiento es necesario mas no suficiente en alguna ley de carácter general para CTI.
Otro factor, que impulsará a la politización interna de los CPIs se halla en los Arts. 81 y 87 dentro del Título Quinto; ahí se pretende que el total del personal adscrito en cada CPI conozca y apruebe (Art. 87), con antelación a las autoridades institucionales, los proyectos de programas, informes al Órgano de Gobierno, Estatuto de Personal Académico y Lineamientos de Estímulos.
Los CPIs no son sindicatos, aunque así los quiera ver el titular en CONACYT, el hecho que por derecho se establece fundado en tales artículos llevará a una ineficiencia terrible y profunda; la proporción de los profesionales de la CTI eficientes y eficaces es menor que el complemento, es una realidad.
Así que estos artículos también muestran cómo es que aun con asignación alta de recursos financieros no será suficiente, puesto que los programas de los CPIs quedarán sujetos, por ley, a la aprobación de quienes asistan una asamblea conformada por toda persona adscrita a cada CPI.
Que la comunidad de cada CPI conozca los programas y demás, no me parece un error, incluso que opinen; pero aprobar, caray, al anteproyecto nomás le faltaría que la aprobación de disertaciones doctorales sea por votación estudiantil, así de absurdo … ¡¿dónde se ha visto eso?! … mejor no doy ideas.
Por ejemplo, ¿cómo se procedería si la aprobación de una asamblea en algún CPI es para programas institucionales en contra de la Agenda del Estado definida por el Consejo Nacional?
El anteproyecto es un galimatías por ser un disparate de ideas.
Entretanto, la Dirección General de CONACYT publica en La Jornada una reseña de cómo es que el anteproyecto de ley general ha llegado a Palacio Nacional, con una redacción que deja clara la diferencia entre aprobar cursos hasta terminar un doctorado a ser un profesional serio de la CTI.
Así el tercer punto de la respuesta, limitada por razones de espacio, es que es necesaria una capacidad presupuestaria para la operación hacia una CTI productiva, pero no es suficiente; se requiere una construcción de reglas sobre cómo ejercer los recursos humanos, materiales y financieros para alcanzar tales fines.
Es necesario planear con estrategia productiva.
Como está el anteproyecto sólo entorpecerá a la CTI mexicana, es un retroceso con tonos de finales del siglo XIX.