Tecmilenio potencia liderazgo y creatividad a través del gaming
CIUDAD DE MÉXICO, 23 de julio de 2021.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a través de su Tribunal Pleno, resolvió una contradicción de tesis que dio origen a una jurisprudencia, en la cual estableció que las videograbaciones constituyen una prueba documental, pues independientemente del soporte técnico en el que consten y se aporten al incidente de suspensión durante un juicio de amparo, cuentan con la capacidad de registrar datos de interés procesal.
Además, pueden desahogarse por su propia naturaleza y sin necesidad de una diligencia especial, siempre que el juzgador cuente con el equipo necesario para su reproducción y, de no ser así, la parte dentro del juicio que haya ofrecido la prueba lo puede aportar.
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