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El pasado 15 de mayo del año en curso fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en su edición vespertina, el “ACUERDO por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional”, en el cual se imponen cargas regulatorias que prácticamente impedirán a las centrales eléctricas de tecnología renovable interconectarse a la red del Sistema Eléctrico Nacional, así como realizar modificaciones a los proyectos de origen, asimismo impone la necesidad de llevar a cabo estudios diversos a los ya establecidos en el marco jurídico vigente e incluso adhiere la posibilidad de rechazar desde un inicio la solicitudes de dichos estudios por parte del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), además sujeta a la discrecionalidad de las autoridades el otorgamiento de permisos y beneficia de manera arbitraria a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), todo lo anterior argumentando que se realiza “a efecto de garantizar el suministro eléctrico, bajo el principio de Confiabilidad”.
Aunado a ello el Acuerdo mencionado viene a retomar lo expresado en el “Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)” expedido por el CENACE el 29 de abril de la presente anualidad.
Cabe destacar que los precios de la energía de las centrales eléctricas que operan a partir de tecnologías renovables son menores a los ofertados por las centrales convencionales, lo que las favorece para el despacho económico de las mismas. Situación que deja en evidencia, el aumento de las tarifas de CFE como una de las consecuencias del referido acuerdo o la necesidad de aumentar los subsidios a estas, ya que se privilegiará el despacho de las plantas generadoras que utilizan combustibles fósiles para su operación, aún y cuando las mismas cuentan con mayores costos operativos, sin que se omita mencionar que en su mayoría estas son propiedad de la Empresa Productiva del Estado dirigida por Manuel Bartlett.
De igual manera, con la publicación del aludido acuerdo se transgredieron diversas disposiciones, entre ellas las que establecen el procedimiento de mejora regulatoria el cual se lleva a cabo por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), lo anterior es así dado que la Secretaría de Energía giró instrucciones para la publicación del mismo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sin previamente haber agotado el citado procedimiento, lo cual coincide con la salida del titular de CONAMER, César Hernández Ochoa en ese mismo día, ante la presión de la Secretaría de Energía (SENER) de aceptar la exención de la Manifestación de Impacto Regulatorio.
Por otro lado, diversos actores se han pronunciado en contra de las decisiones de la actual administración, entre ellos destacan los embajadores de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) acreditados en México, quienes le hicieron manifiesta a la titular de SENER, su profunda preocupación por las determinaciones que ha tomado el Gobierno Federal en el sector energético, a ellos se sumó el embajador de Canadá en México, quien puso de manifiesto las afectaciones económicas que se podrían ocasionar a los particulares así como los empleos que se pondrán en peligro en el territorio nacional.
Dado que a todas luces el acuerdo relacionado contraviene diversas leyes, reglamentos, manuales y disposiciones administrativas de carácter general, las impugnaciones por parte de los particulares en la vía judicial no se harán esperar, pues nos encontramos frente a una política energética que no promueve la competencia entre los participantes del Mercado Eléctrico Mayorista, sino que beneficia a las Empresas Productivas del Estado.