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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 6 de noviembre de 2023.- Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tienen derecho a recibir aguinaldo.
El monto se calcula con base en la pensión mensual, pero para recibir el depósito es necesario haberse jubilado bajo la ley del 73, vigente hasta el 30 de junio de 1997.
El único requisito para recibir el aguinaldo es haberse jubilado bajo la ley del 73. Esto quiere decir que si el trabajador se dio de alta en el IMSS o ISSSTE antes del 1 de julio de 1997 se encuentra amparado bajo dicho régimen.
Estos son los requisitos para jubilarse bajo la ley del 73 y tener derecho al pago del aguinaldo:
65 años cumplidos al momento de solicitar la pensión.
Causar baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
Un mínimo de 500 semanas de cotización.
Registro antes del 1 de julio de 1997.
Para la ley del 97 el trámite se puede iniciar al cumplir 60 años, sin embargo, requiere una cotización mínima de mil 250 semanas cotizadas.
¿Cuándo depositan el aguinaldo?
Los pensionados del IMSS recibieron el pago del aguinaldo el 1 de noviembre de 2023. El depósito se realizó junto con el pago mensual de la pensión. Según el calendario del IMSS, el último pago del año estará disponible el próximo viernes 1 de diciembre.
Los pensionados del ISSSTE recibirán tres: el pago mensual de la pensión el 31 de octubre; la primera parte del aguinaldo en la primera quincena de noviembre y, finalmente, el resto del aguinaldo en enero del próximo año.
En el calendario de pagos del ISSSTE se precisa que el depósito de diciembre se realizará el 30 de noviembre.
¿Pago doble o triple?
Para los pensionados del IMSS o ISSSTE y que estén afiliados a la Pensión del Bienestar recibirán un pago triple en noviembre: su depósito mensual, el aguinaldo y el apoyo bimestral (diciembre y noviembre) del Gobierno federal. Los afiliados a la Pensión del Bienestar no reciben ningún aguinaldo ni prestación adicional.
El aguinaldo del IMSS e ISSSTE equivale a un depósito mensual de la pensión. El monto es distinto para cada pensionado y está sujeto a lo que reciben de pensión. A los pensionados les depositan un pago doble que representa el pago de su pensión y del aguinaldo.
El artículo 141 de la Ley del Seguro Social establece una pensión mínima garantizada, aquella que el Gobierno federal asegura a los jubilados. Se calcula con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
El monto mínimo mensual de cualquier pensión del IMSS es de 7 mil 003 pesos en las zonas fronterizas y para el resto del país de 6 mil 223 pesos. Para los jubilados del ISSSTE la pensión mínima garantizada es de 6 mil 121 pesos. En la Ley del Seguro Social se establece que ningún monto debe ser inferior a dichas cantidades.