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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 13 de enero de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma impulsada por el gobierno de Zacatecas que reduce de 60 a 30 días el aguinaldo de las y los trabajadores pensionados del estado, determinando que la medida es constitucional siempre que no se aplique de manera retroactiva. La resolución establece que el ajuste solo podrá aplicarse a quienes comenzaron a pensionarse a partir del 11 de agosto de 2024.
Durante la sesión, el Pleno de la Corte analizó diversos artículos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC). Con siete votos a favor, las ministras y ministros mantuvieron vigente únicamente el artículo 74, que formaliza la reducción del aguinaldo, mientras que otros artículos fueron modificados o descartados para garantizar el pago oportuno a los pensionados.
De acuerdo con la cobertura de Milenio, la ministra Loretta Ortiz Ahfl, ponente del proyecto, ajustó su propuesta inicial tras el debate en el Pleno, a fin de proteger los derechos adquiridos de quienes ya se encontraban pensionados antes de la reforma. Con ello, la SCJN buscó equilibrar la viabilidad financiera del sistema de pensiones con la protección de los derechos laborales.
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