Exige Marko Cortés a Felipe Calderón explicación sobre Genaro García
MORELIA, Mich., 6 de noviembre de 2020.- Todo homicidio calificado será considerado feminicidio cuando la víctima sea mujer y exista una o varias razones de género sobre la base del reconocimiento de la particular situación de desventaja en la cual históricamente se han encontrado las mujeres y bajo la perspectiva de género que deben aplicar las autoridades durante la conducción de investigaciones e integración de carpetas de investigación, servicios periciales y procesos judiciales.
Es una adición al artículo 135 del Código Penal que resume la intencionalidad de 10 diputados de la 74 Legislatura del Congreso del Estado, que tan solo en un año presentaron sendas iniciativas para reformar el Código Penal en torno al feminicidio, con la intención de inhibir la comisión de ese delito.
Las 10 iniciativas ya fueron analizadas y dictaminadas por los diputados integrantes de la Comisión de Justicia, en un solo documento, ya que, con matices, todas son sobre lo mismo: las condiciones para considerar el homicidio de una mujer como feminicidio y las penas que se deben aplicar a quienes cometan ese delito.
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