
Lutzow libre: exsecretario de Salud de SLP logró arraigo domiciliario
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 29 de septiembre 2020.- En México ya se pueden presentar solicitudes de amnistía luego de que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo de la Comisión de Amnistía de la Secretaría de Gobernación.
Y es que solo pueden solicitarla aquellos presos que se encuentren cumpliendo penas por ocho delitos que están contemplados y que fueron aprobados por sus integrantes. Por lo tanto, son los siguientes:
Quienes hayan cometido aborto u homicidio en agravio de un no nacido y que hubiera sido cometido por la madre, médicos o familiares que hayan auxiliado en el procedimiento.
Personas indígenas que cometieron un delito y no contaron con intérpretes o defensores en su lengua.
A quien haya cometido el delito de robo simple y sin violencia en donde se le condenó a una pena de menos de cuatro años de prisión.
A las personas que hayan cometido el delito de sedición, por haber invitado, instigado o incitado a la comisión de delitos por cuestiones políticas.
En el caso de delitos relacionados con drogas tendrán este beneficio las personas que se encontraban en condición de exclusión, discriminación, pobreza o con discapacidad permanente. En este caso aplica la amnistía cuando el delito se haya cometido por indicación de la pareja sentimental, pariente consanguíneo o por afinidad familiar sin limitación de grado o por temor fundado. Y para aquellas personas que hayan sido obligadas por integrantes de grupos de la delincuencia organizada.
En el delito de posesión de narcóticos solo se otorgará la amnistía a aquellas personas que no hubieran excedido la cantidad de droga de dos veces la dosis máxima para consumo personal y que no la tenían para venta o distribución.
La solicitud de amnistía deberá de ser dirigida a los integrantes de la Comisión, por escrito o vía electrónica y deberá de contener los datos de la persona agraviada, el número del expediente judicial, carpeta de investigación y el juzgado en el que se radicó la causa.
Esta solicitud la podrán presentar la persona interesada, el representante legal, personas que tengan una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, así como integrantes de organismos públicos de defensa de derechos humanos.