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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 4 de junio de 2020.- Abogados del estado de San Luis Potosí -asociados a colegios, barras y asociaciones de litigantes-exigirán hoy encontrar una solución a lo que llamaron la suspensión del derecho humano de acceso a la justicia pronta y expedita que de facto está llevando a cabo el Poder judicial del Estado; así como, a las violaciones al debido proceso, en perjuicio de los justiciables que representan.
En comunicado de prensa, dijeron enviar una excitativa de justicia y conminan a los plenos del Consejo de la Judicatura y del Poder Judicial del Estado, a restituir y garantizar de inmediato el derecho humano de acceso a la justicia pronta y expedita, reanudando la atención suspendida desde el día 18 de marzo del año en curso.
“Como se recordará, en sesión del 17 de marzo del 2020, el pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, a fin de proteger el derecho humano a la salud determinó implementar un plan de contingencia para enfrentar la pandemia Covid 19, emitió la circular donde acordó la suspensión de labores del 18 de marzo al 19 de abril del año en curso, a la que le siguieron tres acuerdos pronunciados por el pleno del consejo de la judicatura y el pleno del Poder Judicial del Estado, por los cuales se ordena la suspensión de los términos procesales en los juicios ya iniciados, y la atención a los justiciables hasta el día 15 de junio del año en curso”, explicaron.
No obstante, aseguran que la prolongación del período de contingencia sanitaria obliga a buscar un esquema de operación en el Poder Judicial, privilegiando las medidas necesarias para preservar la salud e integridad de las personas y del personal de los órganos jurisdiccionales, como lo son: reducción de la movilidad, sana distancia, aprovechamiento de tecnologías de la información y de las comunicaciones, el trabajo a distancia, etc.; “pero no le facultan para suspender los términos procesales ni la atención directa a los justiciables”, condenan.
Calificaron de ilegal el cierre de los órganos jurisdiccionales y la suspensión de los términos procesales decretado hasta el 15 de junio del año en curso, pues -afirman- violenta gravemente el debido proceso y el derecho humano a la justicia pronta y expedita, al suspender en forma injustificada los términos procesales y retardando el pronunciamiento de las sentencias correspondientes en los procesos integrados en los diferentes órganos jurisdiccionales.
“La Secretaría de Salud ha diseñado los protocolos para la prevención y mitigación del coronavirus que provoca la enfermedad, para la atención de personas en lugares públicos cerrados, cuya aplicación permiten la atención de los justiciables, bajo reglas de sana distancia y medidas de sanidad, atendiendo a lo anterior, resulta ilegal la interrupción de los plazos procesales y violatorio del derecho fundamental a la justicia pronta y expedita, por lo que en reparación de las citadas violaciones y so pena de responsabilidad, los plenos del consejo de la Judicatura y del Poder Judicial del Estado, deberán emitir en forma inmediata, un acuerdo por el que se levante la suspensión de los términos procesales y se reaperturen los órganos jurisdiccionales con las medidas sanitarias previstas”, finalizan los litigantes que signaron el documento.