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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 31 de julio de 2025.- La violencia vicaria, tipificada desde mayo de 2025 en el artículo 207 del Código Penal de San Luis Potosí, representa una de las expresiones más crueles de la violencia de género, advirtió la doctora Roxana Abigail Montejano Villaseñor, investigadora de la Facultad de Derecho Abogado Ponciano Arriaga Leija de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP).
La también postdoctorante de la Maestría en Derechos Humanos explicó que esta forma de agresión no se dirige directamente contra las mujeres, sino contra niñas, niños y adolescentes, aunque tiene un impacto significativo en las madres.
“Es importante hacer esta distinción: la violencia vicaria las afecta a ellas, pero se ejerce de manera directa sobre infancias y adolescencias”, puntualizó.
Montejano subrayó que este fenómeno sigue siendo poco comprendido dentro del sistema de justicia. El principal reto está en el derecho probatorio, ya que es indispensable que jueces y autoridades se alleguen de medios de prueba suficientes para identificar estas conductas.
Advirtió que, de no hacerlo, el propio aparato judicial puede contribuir a su reproducción y normalización. Para evitarlo, existen protocolos de actuación con directrices para garantizar una vida libre de violencia tanto para infancias como para mujeres.
En este contexto, la especialista recordó que deben aplicarse de manera complementaria los principios del interés superior de la niñez y el principio pro persona, a fin de asegurar una protección reforzada. Esto implica el uso de toda la normatividad vigente, medios probatorios y enfoques de protección reforzada.
La investigadora detalló que muchas formas de violencia vicaria pasan inadvertidas, como la manipulación o alienación parental. “Incluso el propio concepto puede contribuir a esa invisibilización”, explicó.
Advirtió que esta violencia puede escalar hacia retención ilegal de menores, amenazas, daño físico, falsas denuncias o secuestros por parte del progenitor con fines de control y poder.
“Algo que suele pasar desapercibido es que, en ocasiones, el padre evade intencionalmente sus responsabilidades con el objetivo de forzar a la madre a mantener contacto con él”, señaló.
Desde un enfoque de género, Montejano definió esta práctica como una extensión del control patriarcal, que persiste incluso después de la separación de la pareja y puede volverse más encarnizado mediante el uso de las infancias como instrumento de dominación.
Finalmente, enfatizó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reconocido la obligación del Estado mexicano de proteger a niñas, niños, adolescentes y mujeres frente a esta violencia en todas sus dimensiones: psicológica, emocional, física y económica.
Advirtió que el sistema judicial aún carece de herramientas suficientes para acreditar este tipo de violencia, por lo que es urgente fortalecer la capacitación, el seguimiento de casos y la detección temprana. “Las infancias deben cobrar protagonismo”, concluyó.
Siguiendo la política editorial de Quadratín, esta nota no emite juicios ni atribuye responsabilidades individuales sin fundamentos claros. Su intención es informar con un enfoque ético y promover la concientización.