Candidata a Sec. General de la SNTE en SLP confía en elecciones limpias
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 28 de agosto de 2019.- Luego de que el pasado 22 de agosto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidara las modificaciones que la Legislatura local pasada hizo al Código Penal y a la Ley de Tránsito del Estado para considerar como delito y conducta prohibida el uso del teléfono celular para los conductores de vehículos, diputadas integrantes de la Comisión de Derechos Humanos de la actual legislatura dividen opiniones al respecto.
La Suprema Corte invalidó las obligaciones contempladas en la Ley de Tránsito relativas a evitar el uso de teléfonos celulares o dispositivos móviles, al determinar que esa prohibición es inconstitucional, al considerar excesiva la decisión del Poder Legislativo de acudir a la vía penal para sancionar el uso del teléfono móvil mientras se conduce un vehículo.
Para la diputada Alejandra Valdés Martínez, la determinación de la SCJN fue equivocada, al no dar prioridad a los altos índices de accidentes provocados por el uso del teléfono celular mientras conduce, mismos que han dado pie a muchas muertes de personas.
«El uso del teléfono comparte con el consumo de drogas, la principal causa de accidentes de vehículos en todo el país. A mí me preocupa porque estamos hablando de vidas, yo sí creo que debe haber penas más severas porque al usar un celular mientras se maneja se pone en riesgo la vida propia y la de terceros», refirió la legisladora.
Por su parte la diputada María Isabel González Tovar, celebró la decisión de la Corte, al considerar una transgresión a los Derechos Humanos la tipificación de delito, cuando existen medidas cautelares previstas en el nuevo modelo de justicia, que pueden ir desde servicio a la comunidad hasta campañas de difusión y concientización dirigida a conductores.
«Es correcto el posicionamiento de la Corte. Las penas corporales y la privación de la libertad no van a reducir el uso de los teléfonos. El asunto radica en que cada gobierno y cada sociedad debe tomar medidas que ayuden a convivir y saber que el uso del celular mientras se conduce, es causante de infinidad de accidentes», expresó.
La acción de inconstitucionalidad 51/2018, fue promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí (CEDH), ente que demandó la invalidez de las disposiciones del Código Penal y de la Ley de Tránsito del Estado, publicadas en el Periódico Oficial del Estado el 3 de mayo de 2018.