Disolverá Mubi La Sustancia desde 31 de octubre
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 22 de mayo de 2019.- Petróleos Mexicanos (Pemex) se dijo impedido de publicar la cantidad de trabajadores que pertenecen a cada una de las 52 Secciones del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) y sus sueldos, debido a que éste tramitó un nuevo amparo que impide acceder a dicha información que según la ley es de carácter público.
El STPRM ha utilizado esta estrategia legal para evitar detallar los ingresos de los empleados petroleros, así como de cada secretario general de sección y las prestaciones a las que tienen derecho en todo el país, a cada petición de este tipo vía la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).
La solicitud con folio 1857200143419 fue tramitada por Quadratín SLP Noticias desde el pasado 19 de marzo del presente año, con las mismas preguntas para Pemex y el Sindicato. Pemex contestó que no puede decir nada al respecto, en tanto el gremio que dirige Carlos Romero Deschamps, ni siquiera respondió, pese a que su fecha límite en la PNT, terminaba el pasado 24 de abril.
“Se hace de su conocimiento que con fecha 3 de abril del 2019, se recibió en la Oficialía de Partes de la Dirección Jurídica de Petróleos Mexicanos, el amparo indirecto número 506/2019, promovido por el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, radicado en el Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en el que se señalan como autoridades responsables al Titular de la Unidad de Transparencia de Petróleos Mexicanos y a la Subgerente de Gestión Gubernamental de la Gerencia de Desempeño de Servicios al Personal de la Subdirección de Relaciones Laborales y Servicios al Personal de la Dirección Corporativa de Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos.
«En el citado juicio se reclaman los actos tendientes a entregar la información relacionada con la solicitud 1857200143419, situación que se hizo del conocimiento del Sindicato, mediante oficio número DCAS‐SRLSP‐GDSP‐SGG‐0242/2019 de fecha 25 de marzo del 2019.
«En dicho juicio, mediante acuerdo del 22 de marzo del 2019, se concedió la suspensión provisional, en los siguientes términos: ‘En consecuencia, con fundamento en los artículos 128, 129, 131, 139 y 147 de la Ley de Amparo, procede conceder la suspensión provisional solicitada para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan, es decir, las autoridades se abstengan de proporcionar la información relacionada con la solicitud de acceso a la información pública formulada 18572001434419, hasta en tanto se notifique a las autoridades responsables la resolución definitiva que se dicte en este incidente de suspensión’» (sic).
Por esta razón, la Unidad de Transparencia de Pemex dijo a Quadratín SLP Noticias que está «legalmente impedido» a otorgar el envío y/o entrega de la información requerida y anexó una copia digital del amparo indirecto otorgado por la Mesa II del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
El juez Víctor Octaviano Luna Escobedo alegó que la suspensión procede por la sencilla razón que el STPRM «cumple con el primer requisito para su concesión, es decir la parque quejosa sí solicitó la suspensión del acto», además «la suspensión no depara perjuicio al interés social ni contraviene disposiciones de orden público». Por el contrario, difundir los sueldos, «causaría daños y perjuicios de difícil reparación a la parque quejosa».
Para llegar a esta determinación, el sindicato promovió el juicio de amparo indirecto a través de su Secretario de Ajustes del Comité Ejecutivo General del STPRM, Francisco Javier Carballo Lozano, quien dijo en su escrito que manifestó a las autoridades de Pemex «nuestra total, definitiva y rotunda oposición a que se entregara al solicitante de información y hoy tercero interesado”.
Tales funcionarios de Pemex fueron el encargado de despacho de la Coordinación de Gestión Gubernamental de Recursos Humanos y Relaciones Laborales y el Subgerente de Gestión Gubernamental, de los cuales no fueron citados sus nombres.
El abogado del gremio de Romero Deschamps dijo que no deseaba señalar como responsables a ningún servidor público, sino solamente impedir la difusión de la información solicitada en el folio 1857200143419.
La Secretaría de la Función Pública dijo que iba a transparentar la nómina del Gobierno Federal mediante la plataforma digital https://nominatransparente.rhnet.gob.mx/, pero hasta el día de ayer, no servía.
Según lo que pudo conocerse cuando funcionaba, el líder petrolero Carlos Romero Deschamps percibía un sueldo neto estimado en 30 mil 439.20 pesos mensuales, hasta hace 15 días.