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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 18 de enero de 2024- En el año 2018, dos personas en prisión preventiva impugnaron la omisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de establecer directrices para aquellos recluidos en el Centro Estatal de Reinserción Social “El Amate”, ubicado en el municipio de Cintalapa, Chiapas. La disputa llevó el caso hasta la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El 20 de febrero de 2019, la Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió que las personas en prisión, sin sentencia condenatoria, tienen el derecho de votar. Esta decisión se basa en el principio de presunción de inocencia, lo que implica que mientras no se emita una sentencia condenatoria, no se suspenden sus derechos políticos electorales y, por ende, tienen la capacidad de ejercer su derecho al voto.
En el proceso electoral actual (2023-2024), las personas en prisión preventiva que no han perdido su derecho al voto, ni tienen una sentencia condenatoria, podrán votar en los centros de detención del país. Este cambio implica dejar atrás la prueba piloto y establecer un voto vinculante, asegurando que su participación sea contabilizada.
Se estima que, para la elección federal, alrededor de 93,000 personas en prisión preventiva podrán votar por cargos de elección popular federal, como la Presidencia de la República y las Senadurías. Esta posibilidad se aplicará solo a personas no sentenciadas y en estados donde esté regulada la ley electoral local.
En San Luis Potosí, actualmente se llevan a cabo mesas de trabajo entre Guzmar Ángel González Castillo, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, y Pablo Sergio Aispuro Cárdenas, vocal del Instituto Nacional Electoral. El objetivo es definir la forma en que se llevará a cabo la votación en los cinco centros estatales de reclusión ubicados en los municipios de San Luis Potosí, Rioverde, Ciudad Valles, Tancanhuitz y Tamazunchale.
La mecánica exacta para la votación de personas recluidas se determinará en los próximos meses. Por el momento, solo podrán votar por la Presidencia de la República y las Senadurías, ya que en la última reforma electoral local se omitió incluir a este grupo de personas.