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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 13 de noviembre de 2022.- Con el propósito de prevenir y sancionar la violencia en contra de las mujeres embarazadas o en situación de postparto, las y los integrantes de la Comisión de Justicia de la LXIII Legislatura, aprobaron el dictamen de la iniciativa que propone agravar en el delito de Violencia Familiar por dos causas, la primera de estas alude a que el delito se cometa en contra de una mujer embarazada y la segunda, durante los tres meses posteriores al parto, informa boletín de prensa.
Esta iniciativa fue presentada por la diputada Lidia Nayeli Vargas, donde se plantea reformar los artículos, 9°, 13, y 91; y adicionar al artículo 92 el párrafo cuarto del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí. Reformar, los artículos, 205 en su párrafo último, y 205 Bis en sus fracciones, IV, y V, y en el Título Sexto denominación del capítulo VI; y adicionar al artículo 205 Bis la fracción VI del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
Durante el análisis, discusión y aprobación del dictamen se destacó que el propósito de la iniciativa para reformar el Código Familiar y el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, es que en las hipótesis de conflicto de derechos se considere a los relativos de violencia contra las mujeres embarazadas o por razones de género; así como en la de violencia familiar; proteger a estos grupos tratándose de divorcio incausado; y aplicar medidas de protección en caso de violencia familiar.
Además, que en el delito de violencia familiar se incremente la sanción, cuando se trate de mujer embarazada o durante los tres meses posteriores al parto, y que en este caso el delito se persiga de oficio.
Posteriormente, se aprobó el dictamen sobre la iniciativa presentada por el diputado Edmundo Azael Torrescano Medina, para reformar los artículos, 735, y 1353 del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, en el que propone que tratándose de los bienes vacantes (son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido.) si alguien se apodera de ellos sin atender lo dispuesto en el Código Civil, se le sancionará con multa de sesenta a cien días del valor de la unidad de medida actualización (UMA).
De igual forma busca sancionar a los notarios y a cualquier otras personas que hayan de redactar disposiciones de última voluntad, dejar hojas en blanco y servirse de abreviaturas o cifras, bajo la pena de ochenta a cien días del valor de la unidad de medida y actualización de multa a los notarios y de la mitad a los que no lo fueren.
Más adelante, las y los diputados de la Comisión de Justicia, aprobaron el dictamen con proyecto de decreto que atiende la propuesta en su calidad de ciudadanos de José Luis Ruiz Contreras, Fiscal General del Estado; que propone reformar el artículo 357; y derogar el artículo 358 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
Por último, se expuso que el propósito de la iniciativa es reformar los artículos 357, y 358 del Código Penal del Estado, en virtud de que los arábigos 131, 136, y el correlativo 143, establecen las sanciones aplicables en la hipótesis de conducir un vehículo con temeridad y poner en peligro la vida, la salud o los bienes de alguien. Los dictámenes se turnarán al Pleno del Congreso del Estado para su votación.