Se han desmantelado laboratorios de metanfetaminas o cristal: Sheinbaum
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 7 de abril 2022.- En Sesión Ordinaria, se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor, el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado exhorta al Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, a tomar las medidas necesarias para que los empleadores en la entidad, concedan el permiso con goce de sueldo a sus trabajadores que lo soliciten, para que puedan ser inmunizados contra el virus del Covid 19.
Se indica que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), las personas entre 30 y 49 años de edad son quienes conforman el grupo más grande de trabajadores, por lo que las empresas e instituciones no deben negar a sus trabajadores el asistir a la inmunización, ni sancionarlos por las horas que se ausenten para este propósito, ya que se trata de un asunto de salud pública, sin dejar de considerar también a los trabajadores entre los 18 y 29 años que se encuentran en las plantillas laborales.
Otros dictámenes
Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor, la reforma el artículo 15 en sus fracciones, I a XV, XVIII, y XIX de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, a fin de establecer el lenguaje incluyente y establecer que serán las personas que integren el Consejo de Mejora Regulatoria del Estado de San Luis Potosí, eliminando la referencia, través de prefijos masculinos, que daban a entender que únicamente varones pueden acceder a dichos espacios.
Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor, la reforma a los artículos, 20, 21 en su párrafo primero, y en sus fracciones, III, y IV, y 22 en su párrafo primero, y en sus fracciones, I, II, y IV; y deroga del artículo 21 su ahora párrafo décimo segundo de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer la concordancia con la legislación federal y establecer claramente la denominación de Comité Técnico de Adopción, como órgano colegiado de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Además, se establece en su integración, en la secretaría técnica, el Titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes: y en la Primera Consejería, la Dirección de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos del DIF Estatal.