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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 18 de junio de 2020 .- Este jueves durante la sesión del Pleno los diputados del Congreso local aprobaron por mayoría las reformas al artículo 94 de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí para dar certeza a los particulares sobre los bienes que sean utilizados para proporcionar servicios educativos.
La votación fue de 22 votos a favor 4 en contra y las abstenciones de los diputados Sonia Mendoza y Edgardo Hernández. Algunos legisladores dijeron que la redacción de esta reforma es confusa y ambigua, por lo que recomendaron que se redactara con correciones.
Durante el debate en torno a esta reforma, los diputados establecieron su posición al respecto, entre ellos el diputado por el PAN Rolando Hervert, quien votó en contra y consideró que la redacción representa un riesgo total y latente para la seguridad jurídica de los inversionistas” en el tema de la educación que sabemos que es el pilar y la base de desarrollo de un pueblo, es por eso que propuse mediante la iniciativa el dejar claro que no pueda implicar que se transmita en favor del estado los derechos de posesión o propiedad en cualquier sentido, porque no nada más se puede hablar de los bienes muebles o inmuebles, sino que hay muchos valores que son intangibles, como lo son los derechos de marca, los derechos de autor, los derechos intelectuales y los derechos tecnológicos, todo esto a petición de varias instituciones”, manifestó el diputado.
Para la diputada Consuelo Carmona, ante la reforma que viene de la inquietud por parte de la educación privada de que el gobierno del estado pueda apropiarse de las escuelas privadas, aclaró que en el artículo 94 de la nueva Ley de Educación en San Luis Potosí, nada tiene que ver con apropiarse de sus bienes muebles o inmuebles” sino de que los mismos sirvan para los fines educativos para los que son destinados, ya que ahora las instituciones estarán obligadas a seguir una serie de regulaciones para que el servicio sea de calidad, sin importar que la institución sea pública o privada, es decir, se refiere a una pertenencia al sistema y no a una propiedad de bienes”, aclaró la diputada.
Mientras que la diputada Sonia Mendoza la calificó de ambigua, pues dijo que la protección a los bienes sería mientras se presta el servicio, pero que no se establece que podría pasar con los mismos si se dejan de utilizar para esta actividad, “se haga un análisis adecuado y se corrija la redacción que para mi punto de vista es muy confuso”, manifestó la legisladora.
Para el presidente de la directiva del Congreso Martín Juárez no se revisó el artículo 15 de la misma ley, “estamos hablando del artículo noventa y cuatro sin revisar el artículo quince”.
Por último, el diputado Cándido Ochoa estableció que los ciudadanos que se vean afectados por esta reforma podrían presentar impugnaciones a la misma.